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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 301

301 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / Nº 1454, se introdujeron cambios en la normatividad que regula el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana que hacen necesaria la adecuación del Reglamento de la Ley Nº 27933, a efectos de regular el funcionamiento de sus órganos e instancias de coordinación; Que, según el inciso a) del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, son funciones del CODISEC entre otras: ”Proponer ante la Municipalidad la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y distrital, y articulado con los instrumentos de SINAPLAN. Que, el Artículo 46º, del Decreto Supremo Nº 010- 2019-IN, establece que: Los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben elaborarse bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género. Los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana. Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño; Que, conforme al Artículo 47 del citado dispositivo se establece que: Las Secretarías Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos Comités. Éstos, después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales; Que, la Secretaría Técnica del CODISEC de Bellavista, en cumplimiento con el literal 7.5.1 del numeral 7.5) VII “Disposiciones Especí fi cas”, de la Directiva Nº 011- 2019-IN-DGSC, mediante O fi cio Nº 127-2022-MDB- GSC-RST-CODISEC remitió la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana, para su revisión y evaluación; Que, el literal 7.6.1 del numeral 7.6) VII “Disposiciones Especí fi cas” de la Directiva Nº 011-20219-IN-DGSC denominada “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”, aprobada por Resolución Ministerial 2056-2019-lN, señala que: “Habiendo sido declarada la propuesta del Plan de Acción de Seguridad Ciudadana “APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN”, por parte de la Secretaría Técnica del Comité Provincial, el Presidente del CODISEC propone la aprobación del mismo”; en tanto que, en su literal 7.6.2 del numeral 7.6) VII “Disposiciones Especí fi cas”, establece que: “El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital, aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) mediante ordenanza, incorporando el PADSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional”; Que, mediante Informe Técnico Nº 046-2022-MPC- GSGC-ST-AMTM, de fecha 16 de setiembre de 2022, 998 732 784  ventasegraf@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: