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295 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACLARACION DEL ARTICULO TERCERO INCISO 1) DE LA ORDENANZA N° 000326/MDSA Artículo Primero.- ACLARAR el artículo tercero inciso 1) de la Ordenanza N° 000326/MDSA que otorgó los Bene fi cios Tributarios y Administrativos, que establece: “Condónese los intereses moratorios al 100% de: el Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Cuotas vencidas de Fraccionamientos por todos los ejercicios pendientes de pago a todos los contribuyentes y responsables tributarios y otros siempre que cumplan con las condiciones establecidas…” Interprétese que la condonación de Intereses, multas y Sanciones incluye la condonación de Reajustes. Artículo Segundo.- RATIFICAR en todos los demás extremos el contenido de la Ordenanza N° 000326/MDSA. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, a la Subgerencia de Registro Control y Recaudación Tributaria, a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Reclamaciones, a Ejecutoría Coactiva y a la O fi cina de Tecnología de la Información y Comunicaciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 2137915-1 Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 del distrito de Santa Anita ORDENANZA Nº 000329/MDSA Santa Anita, 23 de diciembre de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO: VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de fecha que se indica, el Memorándum Nº 530 -2022-MDSA-GSCF de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, el Informe Nº 757-2022-GAJ-MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1283-2022 MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que le corresponde al concejo municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, el artículo 39° determina que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; Que, el artículo 2º de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana N° 27933, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1454, señala que “se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos de esta Ley, a la acción integrada y articulada que desarrolla el Estado, en sus tres niveles de gobierno, con la participación del sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, destinada a asegurar la convivencia pací fi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pací fi ca de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas”;Que, con Decreto Supremo N° 011-2014-IN, se aprobó el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Nº 27933, estableciendo en el artículo 26° que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; Que, asimismo el artículo 46º del citado Reglamento, regulado con Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, señala que “los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben elaborarse bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género. Los Planes de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. Los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana deberán estar alineados al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana. Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN se aprueba la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos Técnicos y Procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”, cuyo objeto es establecer las disposiciones técnicas para que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acción Distritales de Seguridad Ciudadana en el marco de la implementación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023 y la normativa vigente en la materia; Que, el acápite 7.6.2 del numeral 7.6) del artículo 7º de la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, señala que el Concejo Municipal de la municipalidad distrital aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) mediante Ordenanza, incorporando el PADSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional; Que, con Memorándum Nº 530-2022-MDSA-GSCF de fecha 07 de diciembre de 2022, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, informa que al haber sido formulado el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del Distrito de Santa Anita por el CODISEC, el mismo que ha sido declarado apto para su implementación por el CORESEC LIMA y con la fi nalidad de cumplir con la normatividad vigente solicita que el citado Plan de Acción, sea aprobado mediante Ordenanza por el Concejo Municipal de Santa Anita; Que, mediante Informe Nº 757-2022-OGAJ/MDSA de fecha 13 de diciembre de 2022, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del Distrito de Santa Anita, en conformidad con la normativa vigente; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 DEL DISTRITO DE SANTA ANITA Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 del Distrito de Santa Anita, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización y demás áreas administrativas correspondientes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría la publicación de la presente ordenanza en