Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2022 (15/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 15 de enero de 2022 El Peruano / cual resulta necesaria la emisión de una nueva directiva que la sustituya, incorporando las reglas vigentes producto de las modi fi caciones normativas descritas, que las integre de forma sistemática, asegurando la celeridad, e fi cacia y predictibilidad de los procedimientos de constitución del derecho de super fi cie sobre predios estatales; Que, mediante el Informe N° 00275-2021/SBN-DNR- SDNC, de la Subdirección de Normas y Capacitación, que cuenta con la conformidad de la Dirección de Normas y Registro otorgada mediante el Memorándum N° 00005-2022/SBN-DNR, se propone y sustenta la Directiva denominada “ Disposiciones para la constitución de super fi cie sobre predios estatales”, la cual incorpora y desarrolla a nivel operativo las normas establecidas por el vigente Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA; asimismo, solicita se disponga la derogación de la Directiva N° 007-2004/SBN aprobada con la Resolución N° 028- 2004/SBN del 23 de julio de 2004; Que, a través del Informe N° 00002-2022/SBN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, señala que el proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para la constitución de super fi cie sobre predios estatales” ha sido sustentado adecuadamente por la Subdirección de Normas y Capacitación, por lo que se encuentra conforme y emite opinión técnica favorable para la continuación del trámite de aprobación; Que, a través del Informe Nº 00014-2022/SBN-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica expresa que el proyecto de directiva denominado “Disposiciones para la constitución de super fi cie sobre predios estatales”, cumple con las formalidades previstas en la Directiva N° 002-2017/SBN “Disposiciones para la emisión de documentos normativos en la SBN”, aprobada por la Resolución N° 051-2017/SBN, al contar con la estructura básica para la emisión de directivas, así como con el informe sustentatorio de la Subdirección de Normas y Capacitación, la conformidad de la Dirección de Normas y Registro, y la opinión técnica favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar la Directiva denominada “Disposiciones para la constitución de super fi cie sobre predios estatales”, y derogar la Directiva N° 007- 2004/SBN, denominada “Procedimiento para la constitución del derecho de super fi cie en predios de dominio privado del Estado” aprobada con la Resolución N° 028-2004/SBN del 23 de julio de 2004; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Normas y Registro, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, la Subdirección de Normas y Capacitación y la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019- VIVIENDA; el Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021- VIVIENDA; la Directiva Nº 002-2017/SBN denominada “Disposiciones para la emisión de documentos normativos en la SBN”, aprobada por Resolución N° 051-2017/SBN; y, en uso de las funciones previstas en los literales b) y r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Directiva N° DIR- 00005-2022/SBN Aprobar la Directiva N° DIR-00005-2022/SBN, denominada “Disposiciones para la constitución de super fi cie sobre predios estatales”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogación Derogar la Directiva N° 007-2004/SBN, denominada “Procedimiento para la constitución del derecho de super fi cie en predios de dominio privado del Estado” aprobada con la Resolución N° 028-2004/SBN. Artículo 3.- Publicación y Difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como su difusión en la Sede Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn), el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CYNTIA RAQUEL RUDAS MURGA Superintendenta Nacional de Bienes Estatales 2030420-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban el Instructivo Funcional del Sistema Interoperable RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 00008-2022-GG/OSIPTEL Lima, 11 de enero de 2022 OBJETOINSTRUCTIVO FUNCIONAL DEL SISTEMA INTEROPERABLE VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos, que tiene por objeto disponer la aprobación del Instructivo Funcional del Sistema Interoperable; (ii) El Informe Nº 001-STSR/2021 de la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos, que sustenta el proyecto al que se re fi ere el numeral precedente y recomienda su aprobación; con la conformidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2015-CD-OSIPTEL, este Organismo aprobó el Reglamento para la Atención de Gestiones y Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Reclamos), el cual fue modi fi cado mediante Resoluciones Nº 127-2016-CD/ OSIPTEL, Nº 048-2017-CD/OSIPTEL, Nº 051-2018-CD/OSIPTEL, Nº 266-2018-CD/OSIPTEL, N° 170-2020-CD/OSIPTEL, N° 209-2020-CD/OSIPTEL, N° 145-2021-CD/OSIPTEL y N° 0251-2021-CD/OSIPTEL; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Resolución de Consejo Directivo N° 0251-2021-CD/OSIPTEL establece que en el plazo un (1) mes de su publicación, la Gerencia General aprueba el Instructivo Funcional del Sistema Interoperable; Asimismo, en el artículo 77-B de la referida Resolución se establece que el Instructivo del Sistema Interoperable contiene las características funcionales para la implementación del Sistema Interoperable, la descripción y estructura de los campos de datos del Anexo N° 7, así como las previsiones en caso de contingencias. Que, mediante Resolución N° 00385-2021-GG/ OSIPTEL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 17 de octubre de 2021, la Gerencia General aprobó la publicación del Proyecto de Instructivo del Sistema Interoperable para comentarios del público en general; Que, las empresas operadoras América Móvil Perú S.A.C., Telefónica del Perú S.A.A., Entel Perú S.A. y Viettel Perú S.A.C. presentaron sus comentarios al referido proyecto de Instructivo;