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63 NORMAS LEGALES Sábado 15 de enero de 2022 El Peruano / y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia, y que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito mediante, entre otros, el mecanismo de la participación a través de Juntas Vecinales; Que, asimismo, el artículo 116° de la misma Ley señala que los concejos municipales, a propuesta del alcalde, de los regidores, o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; y que las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación, así como, el concejo municipal aprueba el reglamento de organización y funciones de las juntas vecinales comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a las que deberán someterse; Que, la Ordenanza N° 122-2021-MDMM del 19 de agosto del 2021, que aprueba el Reglamento de organización, funciones y el proceso de elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar; señala en su artículo 9°, que, el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía convocará a elecciones de los Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designando al Comité Electoral y estableciendo el cronograma del proceso electoral; Que, de acuerdo al pronunciamiento emitido por el Comité electoral para la elección de las Juntas Vecinales Comunales en el Acta de reunión N°07 de fecha 11 de noviembre emite los resultados de las listas ganadoras de las 15 zonas que presentaron candidatos y establece que debe realizarse un proceso de elecciones complementarias donde se realizará el desempate de la junta vecinal comunal del sector 3 zona 3b y se elegirán a los delegados de las 15 juntas vecinales comunales de las zonas que no han sido parte del proceso dado que no se presentaron candidatos y haciéndose necesario formalizar dicha determinación con la facultad otorgada y de conformidad a las atribuciones conferidas en artículo 3° de la Ordenanza N°122-2021-MDMM del 19 de agosto del 2021, que aprueba el Reglamento de organización, funciones y el proceso de elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar, que, “En caso de presentarse entre las listas, que alcanzaron mayoría simple o se hubiera declarado desierta por el Comité electoral la elección de los representantes de algunas zonas, corresponderá al Comité electoral, fi je una nueva fecha en la cual se realizarán nuevas elecciones entre las listas empatadas y/o zonas declaradas desiertas”; Que, por las consideraciones anteriores y el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Desarrollo Humano, la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; con la conformidad de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero. - CONVOCAR a Elecciones complementarias de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar, zonas 1 B, 2 A, 2 B, 2 C, 2 E, 3 B, 3 C, 4 A, 4 C, 4 D, 5 D, 6 A, 6 B, 6 C, 6 D, 6 E; a través del tipo de Voto Convencional, para el sábado 19 de febrero del 2022; el cual contará con la asistencia técnica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Artículo Segundo .- RATIFICAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de Elecciones, el mismo que estará integrado por los siguientes: a) ANDREA DEL CARMEN LANDAURI MIANO, representante de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar quien lo presidirá. b) MILUSKA ROSSI REATEGUI ARONES, representante de la Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deportes y Recreación quien actuará como secretario.c) BENITO ROBERTO VILLANUEVA HARO, representante de la Gerencia de Asesoría Jurídica quien actuará como vocal. d) CLAUDIA MELISSA MUÑOZ REYES, representante de la Subgerencia de Adulto mayor, DEMUNA, OMAPED y Protección a la Mujer quien actuará como primer suplente e) ALAN CRUZADO PINELO, representante de la Procuraduría Pública Municipal quien actuará como segundo suplente. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma de Elecciones complementarias convocadas en el artículo primero del presente Decreto de Alcaldía. Convocatoria a elecciones Sábado 15 de enero Campaña de Difusión y Registro en el Padrón ElectoralDomingo 16 enero al domingo 23 de enero Publicación del Padrón Electoral Provisional Lunes 24 de enero Presentación de observaciones al Padrón Martes 25 de enero Resolución de observaciones al Padrón Miércoles 26 y jueves 27 enero. Publicación del Padrón electoral de fi nitivo Viernes 28 enero Inscripción de listas de candidatos Mesa de Partes de la Municipalidad (8.00am a 4.00pm)Lunes 31 enero Subsanación a la Inscripción Martes 1 y miércoles 2 de febrero Publicación del cartel de candidatos provisional Jueves 3 de febrero Presentación de tachas a candidatos Viernes 4 de febrero Absolución de tachas Lunes 7 y martes 8 de febrero Publicación del cartel de candidatos de fi nitivo Miércoles 9 de febrero JORNADA ELECTORAL Horario: 10am a 3pmSábado 19 de febrero Presentación de recursos de nulidad Lunes 21 de febrero Resolución de recursos de nulidad Martes 22 y miércoles 23 de febreroPublicación de listas ganadoras Jueves 24 de febrero Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología y Gobierno Electrónico la publicación de la misma en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; a la Gerencia de Desarrollo Humano y Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deportes y Espectáculos el cumplimiento de la presente. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACON GOMEZAlcalde 2029564-1 Designan funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 002-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 4 de enero del año 2022EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARCONSIDERANDO:Que, en el marco de lo señalado en los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información