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64 NORMAS LEGALES Sábado 15 de enero de 2022 El Peruano / Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, asimismo, el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 27806, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Ordenanza N° 121-2021-MDMM se aprueba la modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar en lo que corresponde al artículo 60°, estableciendo que corresponde a la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo Central las función de atender, coordinar y controlar las solicitudes relativas al procedimiento de transparencia y de acceso a la información institucional, conforme a la normatividad vigente; Que, en este contexto, es necesario actualizar al funcionario responsables de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, estando a los expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia a partir del 04 de enero de 2022, a Doña CARMEN LIDIA CALDERON ALFARO, como funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios de la Municipalidad de Magdalena del Mar, deberán cumplir bajo responsabilidad, las disposiciones de la Directiva denominada “NORMAS DE PROCEDMIENTO PARA LA ATENCIÒN DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR”, aprobada mediante Resolución de Alcaldía N° 013-2020-SG-MDMM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Electrónico, la publicación en la página web de la Institución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 2029212-1 Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 013-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 11 de enero del año 2022EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARVISTOS: El Informe N° 012-2021-SGPVECDR-GDH- MDMM de la Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Recreación, el Memorando N° 1209-2021-GPP-MDMM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 06-2022-GAJ-MDMM emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 049-2022-GM-MDMM emitida por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con el artículo 82° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades en materia de educación, cultura, deporte y recreación, tiene como competencia organizar, sostener centros culturales, bibliotecas, teatros, talleres de arte, así como promover actividades culturales diversas; Que, el numeral 43.4, artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal.”; Que, el artículo 11° de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado establece, como obligación de los servidores y funcionarios del Estado, el privilegiar la satisfacción de las necesidades del ciudadano, brindándole un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo; y otorgándote lo información requerida en forma oportuna; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fi n de contar con un instrumento actualizado que facilite lo difusión al público de los mismos; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 279-2019-A-MDMM se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, y su modi fi catorias Resolución de Alcaldía N° 073-2020-A-MDMM, Resolución de Alcaldía N° 065-2021-A-MDMM, y Resolución de Alcaldía N° 219-2021-A-MDMM; Que, mediante Informe N° 012-2021-SGPVECDR- GDH-MDMM, la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Recreación de la Gerencia de Desarrollo Humano fundamenta la incorporación y modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Que, mediante Memorando N° 1209-2021-GPP- MDMM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto de la propuesta de modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, que fuera presentada por la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Recreación de la Gerencia de Desarrollo Humano, considerando que ha sustentado los requisitos y precios de dichos servicios; Que, mediante Informe N° 06-2022-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable la aprobación, mediante Resolución de Alcaldía, del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, habiéndose estructurado con sujeción al marco normativo sobre la materia y buscando extender la política de mejora continua de los servicios de carácter no exclusivos prestados por la entidad municipal; Por los fundamentos expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 20°, numeral 6), y 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVEArtículo Primero .- APROBAR, la modi fi cación de la denominación y requisitos del servicio II.4 Utilización de espacio de uso público (bajo la administración municipal) para desarrollar actividades, eventos, exposiciones y/o ferias de carácter educativo, cultural, deportivo, médico y veterinario de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Recreación, en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la