TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Sábado 15 de enero de 2022 El Peruano / VISTOS: El Memorando N° 000407-2021/OSDN/RENIEC (10AGO2021) y el Informe N° 000009-2021/OSDN/RENIEC (25AGO2021) de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional; el Memorando N° 000003-2022/GG/RENIEC (05ENE2022) de la Gerencia General; el Informe N° 000052-2022/GAJ/RENIEC (10ENE2022) y las Hojas de Elevación N° 000586-2021/GAJ/RENIEC (16AGO2021) y N° 000021-2022/GAJ/RENIEC (10ENE2022) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil -RENIEC, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de desastres (SINAGERD), el cual establece en su artículo 1° que se trata de un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo creado con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que el artículo 5° de la citada Ley N° 29664, señala que la Gestión del Riesgo de Desastres debe ser parte intrínseca de los procesos de planeamiento de todas las entidades públicas en todos los niveles de gobierno, las cuales, de acuerdo al ámbito de sus competencias, deben reducir el riesgo de su propia actividad y evitar la creación de nuevos riesgos, así como priorizar la programación de recursos para la intervención en materia de Gestión del Riesgo de Desastres siguiendo el principio de gradualidad; Que a su vez, el numeral 16.2 del artículo 16° de la citada ley establece que las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad cuya función es indelegable; Que por su parte, de acuerdo con la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD denominada “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM, el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres a nivel de Entidad Pública está integrado por el Titular, quien lo preside, el Secretario General, los responsables de los órganos de línea, el Jefe de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, el Jefe de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional y el Jefe de la O fi cina de Administración; Que en esa línea, mediante la Resolución Jefatural N° 306-2013/JNAC/RENIEC (04OCT2013) se constituyó el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, que asumió las funciones establecidas en la Ley N° 29664, Ley de creación del SINAGRED, en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGERD “Lineamientos para la constitución y funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la gestión del Riesgo de Desastres”, aprobada con Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM; Que a través de los documentos de vistos, la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional, pone a consideración la recomposición del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, debiéndose incluir como miembros del mismo a los titulares de los órganos de línea de la entidad; Que por su parte, la Gerencia General, en su condición de máxima autoridad ejecutiva de la entidad, ha emitido opinión favorable respecto a lo propuesto por la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional, por lo cual resulta procedente la reconstitución del Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres, integrando lo normado para la gestión de continuidad operativa; Que a través de la Resolución Jefatural N°000002- 2022/JNAC/RENIEC (07ENE2022), se encarga con retención de su cargo, a la señora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil del 10 al 19 de enero de 2022; y, Estando a la opinión favorable de la Gerencia General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021); así como lo establecido en la Ley N° 29664, los Decretos Supremos relacionados con la Gestión del Riesgo de Desastres y en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009) modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Reconstituir el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, que estará integrado por los siguientes funcionarios: - Jefe Nacional, quien lo preside - Secretario General- Jefe de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional - Gerente de Plani fi cación y Presupuesto - Gerente de Administración- Responsables de los órganos de línea Artículo Segundo .- Modi fi car el Artículo Primero de la Resolución Jefatural N° 306-2013/JNAC/RENIEC (08OCT2013) que constituyó el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, de acuerdo a lo señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero .- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres constituido en el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural, asumirá las funciones establecidas en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, los Lineamientos para la constitución y funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres dictados en la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGERD, así como, los Lineamientos para la implementación de la Gestión de Continuidad Operativa, aprobados por Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM. Artículo Cuarto .- El Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del RENIEC, deberá aprobar su reglamento, en un periodo de sesenta (60) días calendario, a partir de la publicación de la presente Resolución Jefatural. Artículo Quinto .- De acuerdo a lo indicado en el artículo 6° párrafo 6.1 de los lineamientos aprobados por Resolución Ministerial N° 028-2015-PCM, se delegan las acciones correspondientes a la Gestión de la Continuidad Operativa a la Gerencia de Operaciones Registrales, para lo cual coordinará con la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres. Artículo Sexto .- La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del RENIEC, estará a cargo del Jefe de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional, el cual brindará apoyo administrativo y técnico correspondiente. Artículo Séptimo .- Remitir copia de la presente Resolución Jefatural, a la presidencia del Consejo de Ministros - PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para