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82 NORMAS LEGALES Sábado 5 de febrero de 2022 El Peruano / procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modi fi carlos o alterarlos, así como que las entidades están obligadas a incorporar dichos procedimientos y servicios estandarizados en su respectivo TUPA sin necesidad de aprobación por parte de otra entidad; Que, los artículos 43°, numeral 43.1, y 44° numerales 44.1 y 44.5, del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establecen que todas las entidades elaboran y aprueban su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual, en el gobierno local, es aprobado por Ordenanza Municipal, y que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, el numeral 53.7 del artículo 53º del TUO de la Ley Nº 27444, establece que mediante Decreto Supremo se pueden aprobar los derechos de tramitación para los procedimientos estandarizados, que son de obligatorio cumplimiento por parte de las entidades a partir de su publicación en el Diario O fi cial, sin necesidad de realizar actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos, y que las entidades están obligadas a incorporar el monto del derecho de tramitación en su Texto Único de Procedimientos Administrativos, sin requerir un trámite de aprobación de derechos de tramitación, ni su rati fi cación; Que, a través de la Ordenanza Municipal 034-2013/ MDV-CDV de fecha 26 de diciembre de 2013, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el mismo que fue ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 057-2014, de 5 de junio de 2014, emitido por la Municipalidad Provincial del Callao y publicado en el Diario O fi cial el Peruano el 28 de junio de 2014; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 017-2020/ MDV-ALC de 30 de diciembre de 2020, se modi fi có el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Asimismo, a través del Decreto de Alcaldía N° 001-2021/MDV-ALC de 21 de enero de 2021, se aprobó la actualización de Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencias de Funcionamiento del Texto único de Procedimientos Administrativo - TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 398-2021-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias, el cual será de Cuatro Mil Seiscientos y 00/100 Soles (S/ 4 600,00); Que, el TUPA - Texto Único de Procedimiento Administrativo, es un documento de gestión que contiene toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos que los administrados realizan ante las distintas dependencias de esta Entidad; Que, por medio del Memorando N° 030-2022/MDV- GPLP de fecha 14 de enero de 2022, la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, traslada a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe N° 016-2022/MDV-GPLP-SGPI emitido por la Subgerencia de Plani fi cación e Inversiones, el cual sustenta la necesidad de adecuar el TUPA vigente de la Municipalidad al Decreto Supremo N° 398-2021 - EF aprobando el valor de la Unidad Impositiva Tributaria correspondiente al año 2022; Que, con Informe Nº 026-2022/MDV-GAJ de fecha 17 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite a la Gerencia Municipal la opinión legal, la misma que concluye, entre otros, lo siguiente: - Que, resulta legalmente viable la propuesta de adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla en función al nuevo valor de la UIT correspondiente al año 2022 cuyo índice de referencia en normas tributarias es de S/ 4,600.00 (Cuatro Mil Seiscientos y 00/100 soles) establecido por Decreto Supremo Nº 398-2021-EF; el mismo que para su procedencia, deberá ser aprobado por Decreto de Alcaldía en concordancia a lo establecido en el numeral 44.5 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444. Que, a través del Proveído N° 217 la Gerencia Municipal traslada a la Secretaría General el expediente administrativo a fi n de proseguir el trámite administrativo correspondiente; Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de las unidades orgánicas competentes, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º y art. 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 010-2021/MDV, modi fi cada con Ordenanza Municipal Nº 022-2021/MDV, mediante el cual se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; DECRETA:Artículo 1.- ACTUALIZAR los porcentajes de la UIT respecto a los derechos administrativos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, aprobado mediante Ordenanza Municipal 034-2013/MDV-CDV de 26 de diciembre de 2013 y rati fi cado mediante el Acuerdo de Concejo Nº 057-2014 de 5 de junio de 2014 emitido por la Municipalidad Provincial del Callao y publicado en el Diario Ofi cial el Peruano el 28 de junio de 2014, en función al nuevo valor de la UIT de S/ 4 600,00 (Cuatro Mil Seiscientos y 00/100 Soles) para el año 2022, establecido por Decreto Supremo Nº 398-2021-EF, de acuerdo al anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2036394-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACARAN Ordenanza que establece el monto mínimo de pago del Impuesto Predial, fechas de vencimientos y el monto por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial, Aranceles Urbanos para el Ejercicio Fiscal 2022 en la jurisdicción del distrito de Pacarán ORDENANZA MUNICIPAL N° 10-2021-MDP Pacarán, 29 de noviembre del 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE PACARÁN, PROVINCIA DE CAÑETE, REGION LIMA. VISTO: En Sesión Ordinaria N° 22-2021, de fecha 29-11-21, el INFORME N° 092-2021-SGRYT/MDP de fecha 24 de noviembre del 2021 emitido por la Sub Gerencia de Rentas y Tributación de la Municipalidad Distrital de Pacarán, proponiendo el proyecto de Ordenanza denominado ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y