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76 NORMAS LEGALES Sábado 5 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo Segundo.- APROBAR el nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali; que consta de Cinco (5) Títulos, ciento veinte y uno (121) artículos, Ocho (8) Disposiciones Complementarias y Finales, y Una (1) Disposición Derogatoria, que como anexo se acompaña a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero .- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los veinte y uno días del mes de diciembre del año dos mil veinte. RAUL EDGAR SOTO RIVERA Consejero Delegado LAND BARBARAN LA TORRE Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 30 dias de diciembre de 2021. ANGEL LUIS GUTÍERREZ RODRÍGUEZ Gobernador Regional (e)Gobierno Regional de Ucayali 2036168-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Ordenanza que prohíbe dejar vehículos, carrocerías, chatarras o unidades motorizadas abandonados o que interrumpan la libre circulación en la vía pública en el distrito de Pachacámac ORDENANZA MUNICIPAL N° 281-2022-MDP/C Pachacámac, 28 de enero del 2022.EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen por unanimidad N° 001-2022 de la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y Transporte de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, el Informe Nº 168-2021-MDP/GSCS-SGTOV de la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, el Informe N° 152-2021-MDP/GSCS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad, el Informe Nº 380-2021-MDP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 241-2021-MDP/GM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 124-2021-MDP/GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control, sobre el proyecto de Ordenanza que prohíbe dejar Vehículos, Carrocerías, Chatarras o Unidades Motorizadas Abandonados o que Interrumpan la Libre Circulación en las vías Pública en el Distrito de Pachacámac; yCONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. La autonomía de los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, se debe precisar que no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, conforme se precisa en la Constitución Política del Estado y en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que la Ley señala. Asimismo, debe tenerse en cuenta que el primer párrafo del artículo 40° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en la que las municipalidades tienen competencias normativas. Que, al respecto la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1406, señala que los gobiernos locales emiten las normas complementarias para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ambiente territorial y de sus competencias, sin transgredir ni desnaturalizar la Ley ni los reglamentos nacionales; en ese sentido, las municipalidades distritales cuentan con la atribución de emitir ordenanzas que garanticen el cumplimiento del Reglamento Nacional de Tránsito. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 236-2019-MDP/C, se establece el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas – (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), de la Municipalidad Distrital de Pachacamac, precisando en su artículo 25º las Medidas Correctivas y Cautelares de Carácter Provisional, la de internamiento Temporal de Vehículos. Que, mediante Informe Nº 168-2021-MDP/GSCS/ SGTOV, la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial da cuenta a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad el sustento del Proyecto de Ordenanza que prohíbe dejar vehículos, carrocerías, chatarra o unidades motorizadas abandonadas o que interrumpan la libre circulación en la vía publica en el Distrito de Pachacámac. Que, con Informe 152-2021-MDP/GSCS, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad, hace suyo el proyecto de Ordenanza de la Subgerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, remitiéndolo a la O fi cina de Asesoría Jurídica para la opinión legal correspondiente. La O fi cina de Asesoría Jurídica con Informe Nº 380-2021-MDP/OAJ, concluye que resulta procedente aprobar el proyecto de ordenanza que prohíbe dejar vehículos carrocerías, chatarras o unidades motorizadas abandonados, o que interrumpan la libre circulación en la vía publica en el distrito de Pachacamac, el mismo que deberá ser puesto a consideración del Concejo Municipal, para su deliberación y eventual aprobación. Que, con Informe Nº 241-2021-MDP/GM/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, opina que esta propuesta de ordenanza contribuye con el objetivo estratégico-OEI.04 “Promover el desarrollo urbano rural y transitabilidad ordenado participativo y sostenido en el Distrito, previsto en el Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2024 ampliado. Que, mediante Informe N° 124-2021-MDP/GFC, la Gerencia de Fiscalización y Control, emite opinión favorable respecto al proyecto de Ordenanza Municipal, por encontrarse conforme a los lineamientos de fi scalización referidos a mantener el ornato y favorecer el interés general de los vecinos del Distrito, y por encontrarse dentro de las facultades como gobierno local. Que, mediante Dictamen Nº 001-2022 de la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y Transporte de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, por unanimidad,