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10 NORMAS LEGALES Jueves 17 de febrero de 2022 El Peruano / estilísticas y morfológicas de los bienes, siendo posible su ubicación espacio-temporal; valor cientí fi co, los bienes muestran características que permiten contribuir con el análisis cientí fi co. El grado de especialización de la producción permite la interpretación de procesos tecnológicos y manejo de la materia prima tanto en la costa como en los Andes del Perú; valor social , se puede apreciar bajo dos perspectivas, la primera por tener valor social dentro de la sociedad que lo produjo, como medio de expresión jerárquica o medio de transmisión ideológica, y en segundo lugar, por ser reconocidos como patrimonio cultural a nivel nacional e internacional, fortalecen la identidad de los peruanos, así como el derecho a apropiarse de su patrimonio y su historia para valorarla y comprenderla; Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de ciento veintisiete bienes culturales muebles, pertenecientes al señor Víctor Juan Silva Palma, como Patrimonio Cultural de la Nación, advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones de la Dirección General de Museos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006- ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Único. Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a ciento veintisiete bienes culturales muebles pertenecientes al señor Víctor Juan Silva Palma que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA SONALY TUESTA ALTAMIRANO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2039728-1 Aprueban los Lineamientos N° 001-2022- SG/MC denominados “Lineamientos para el registro, actualización de datos, verificación de supervivencia y empadronamiento anual de los pensionistas del Decreto Ley N° 20530 y de la Ley N° 27747, del Ministerio de Cultura” RESOLUCIÓN DE SECRETARIA GENERAL N° 000031-2022-SG/MC San Borja, 15 de febrero del 2022 VISTOS; el Informe N° 000285-2021-OGRH/MC y el Memorando N° 000258-2022-OGRH/MC de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 000092-2022-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000174-2022- OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, se aprueban medidas para permitir dotar al régimen jurídico que rige a la Administración Pública de disposiciones a favor del ciudadano en función a la simplificación, eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos, garantizando así los derechos e intereses de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional; y, asimismo, mediante el Decreto Legislativo N° 1310, se aprueban medidas adicionales de simplificación administrativa; Que, asimismo se emite el Decreto Legislativo N° 1256, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, quede conformidad con su artículo 1, tiene como fi nalidad “supervisar el cumplimiento del marco legal que protege los derechos a la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, en bene fi cio de personas naturales o jurídicas, mediante la prevención o la eliminación de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad que restrinjan u obstaculicen el acceso o la permanencia de los agentes económicos en el mercado y/o que constituyan incumplimientos de las normas y/o principios que garantizan la simpli fi cación administrativa con el objeto de procurar una e fi ciente prestación de servicios al ciudadano por parte de las entidades de la administración pública” ; Que, el artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la O fi cina General de Recursos Humanos es el órgano de administración interna responsable de formular, dirigir, ejecutar y controlar las estrategias, políticas, procesos técnicos y acciones de los recursos humanos del Ministerio, con la fi nalidad de servir a los usuarios y bene fi ciarios de sus actividades; y de acuerdo al numeral 44.2 del artículo 44 tiene como función proponer las normas, directivas y lineamientos, en materia de recursos humanos del Ministerio; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Secretaría General N° 047-2015-SG/MC, se aprueba la Directiva N° 005-2015-SG/MC “Procedimientos para la actualización de datos, control de supervivencia y empadronamiento anual de los pensionistas beneficiarios del Decreto Ley N° 20530 del Ministerio de Cultura”; Que, considerando el marco normativo de simpli fi cación administrativa y de eliminación de barreras burocráticas, a través del Informe N° 000285-2021-OGRH/MC y el Memorando N° 000258-2022-OGRH/MC, la O fi cina General de Recursos Humanos considera que es necesario fortalecer lo regulado en la Directiva N° 005-2015-SG/MC “Procedimientos para la actualización de datos, control de supervivencia y empadronamiento anual de los pensionistas bene fi ciarios del Decreto Ley N° 20530 del Ministerio de Cultura”; y remite una propuesta