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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (24/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 24 de febrero de 2022 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Modifican conformación y prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante R.M. N° 0120-2021-MIDAGRI, con el objeto de elaborar el documento denominado “Instrumento de Gestión para el Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú, periodo 2021 - 2031” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0051-2022-MIDAGRI Lima, 23 de febrero de 2022 VISTOS; el Memorando N° 0258-2022-MIDAGRI- DVDAFIR, del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; el Memorando N° 0271-2022-MIDAGRI-SG/OGPP del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0022-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización; el O fi cio N° 0086-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGA y el O fi cio N° 104 y 109-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, ambos del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología que adjuntan los Informes Técnicos N° 002, 003 y 004-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-JJMR; y, el Informe N° ……..-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0120-2021-MIDAGRI – en adelante la Resolución Ministerial, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con el objeto de elaborar el documento denominado “Instrumento de Gestión para el Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú, periodo 2021 - 2031”; con vigencia hasta el 24 de febrero de 2022; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial establece la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el cual se encuentra presidido por la representante de la Dirección General Agrícola y conformado por representantes de la Dirección General de Políticas Agrarias, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; así como, del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, del Proyecto Paisajes Productivos Sostenibles en la Amazonía Peruana, de la Coalición por una Producción Sostenible, de la Sociedad Nacional de Industrias, de la Junta Nacional de Palma Aceitera del Perú, de los productores independientes, de las plantas extractoras de Aceite de Palma; y, de las plantas de re fi namiento de productos derivados de Aceite de Palma; Que, con Memorando N° 0258-2022-MIDAGRI- DVDAFIR, el Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, remite los Ofi cios N°s. 104 y 109-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, elaborados por el Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología con el sustento de los Informes Técnicos N°s. 003 y 004-2022-MIDAGRI- DVDAFIR/DGDAA, solicitando modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial, respecto a que el Grupo de Trabajo debe estar presidido por un representante del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; así como, actualizar la denominación de las Direcciones General conforme a lo dispuesto en los artículos 11, 89 y 80 respectivamente, del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; Que, de la misma manera, propone prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta el 31 de diciembre de 2022. Que, teniendo en cuenta los Informes Técnicos antes señalados, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, opina mediante Informe N° 218-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ, que corresponde se emita la Resolución Ministerial correspondiente; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifícase los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 0120-2021-MIDAGRI, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 2.- Conformación El Grupo de Trabajo a que se re fi ere el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0120-2021-MIDAGRI, está conformado de la siguiente manera: a. Un/a representante del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, quien lo preside. b. Un/a representante de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; c. Un/a representante de la Dirección General de Políticas Agrarias; d. Un/a representante de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas; e. Un/a representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; f. Un/a representante de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; g. Un/a representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; h. Un/a representante del Proyecto Paisajes Productivos Sostenibles en la Amazonía Peruana i. Un/a representante de la Coalición por una Producción Sostenible; j. El/la representante de la Sociedad Nacional de Industrias; k. El/la representante de la Junta Nacional de Palma Aceitera del Perú; l. El/la representante de los productores independientes; m. El/la representante de las plantas extractoras de Aceite de Palma; n. El/la representante de las plantas de re fi namiento de productos derivados de Aceite de Palma.” “Artículo 3.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, que le proporciona el apoyo técnico y administrativo necesario, para el cumplimiento de su objeto y funcionamiento”.