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21 NORMAS LEGALES Jueves 24 de febrero de 2022 El Peruano / la previsión presupuestal por el saldo de la retribución económica ascendente a S/ 94 976,00 (NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) y la Factura Electrónica N° 960 del 06 de diciembre de 2021 por el importe de S/ 32 256,00 (TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), correspondiente al pago de derecho de designación y/o supervisión por el periodo 2021 – 2022, razón por la cual señala que corresponde realizar una transferencia de recursos a favor de la Contraloría General de la República hasta por el monto total de S/ 412 160,00 (CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES), que comprende S/ 317 184,00 (TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por retribución económica periodo 2022 y S/ 94 976,00 (NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por el saldo de la retribución económica periodo 2021; Que, con Memorándum N° D000087-2022- MIMP-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000042-2022-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto, el cual señala que no encuentra inconveniente y emite opinión favorable a la propuesta del proyecto de Resolución Ministerial que tiene por finalidad aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinados a la Contratación de la Sociedad Auditora, hasta por el monto de S/ 412 160,00 (CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional; Que, mediante Informe N° D000031-2022-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Ofi cina General de Administración y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 412 160,00 (CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para la Contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2021–2022. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: MIMP–Administración Nivel Central, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gastos 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Meta: 0098: Administración General, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1: “Otras unidades del gobierno nacional”, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIANA MILOSLAVICH TUPAC Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2041977-1 PRODUCE Designan representante del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional para la Calidad, quien lo preside RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00067-2022-PRODUCE Lima, 21 de febrero de 2022VISTOS: El O fi cio N° 009-2022-INACAL/PE de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad – INACAL y el Informe Nº 00000138-2022-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, crea el Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL, órgano de coordinación de asuntos para la calidad, dependiente del Ministerio de la Producción, el mismo que se encuentra integrado por representantes de los sectores público y privado; Que, el numeral 7.2 del artículo citado en el considerando anterior establece que el Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL está integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción, quien lo preside. Asimismo, se dispone que los representantes de las entidades públicas deben contar con rango de Viceministro o ser su más alta autoridad y ser designados mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante el documento de visto, la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad - INACAL señala que a fi n de implementar la conformación del Consejo Nacional para la Calidad - CONACAL, resulta pertinente iniciar el respectivo proceso para la designación del representante del Ministerio de la Producción; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE,