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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2022 (06/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2022 El Peruano / PCM, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles); Que, con Informe N° 2056-2022-LP/DE/UPPSM- CFPP, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización informa sobre la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N ° 1977, por el monto total de S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles), para fi nanciar el Aporte Total del Programa de las diecisiete (17) actividades de intervención inmediata antes mencionadas; Que, a través del Informe N° 152-2022-LP/DE/ UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones informa que, en cumplimiento al Cronograma de Actividades aprobado por el Programa, se suscribieron diecisiete (17) convenios respecto a la misma cantidad de actividades de intervención inmediata, los cuales han sido remitidos por las Unidades Zonales de Ayacucho, Ica-Ayacucho Sur y Lambayeque-Piura-Tumbes, siendo el Aporte Total del Programa el importe de S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles); Que, adicionalmente, la mencionada Unidad de línea señala que, ha veri fi cado el cumplimiento del Cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, solicita se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los organismos ejecutores con los cuales se han suscrito diecisiete (17) convenios, por el importe total de S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata (AII-29), en los departamentos de Ayacucho (07) y Piura (10), que podrían generar un estimado de ochocientos cuarenta y nueve (849) empleos temporales; Que, por su parte, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe N° 02111-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, señala que, el fi nanciamiento de diecisiete (17) actividades de intervención inmediata (AII-29), por el importe total de S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles), contribuye al objetivo del Programa, a través de la generación de un estimado de ochocientos cuarenta y nueve (849) empleos temporales, importe que cuenta con los créditos presupuestarios su fi cientes, de fi nidos en la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N ° 1977 aprobado por el importe de S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles), garantizando el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, según lo establecido en los numerales 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada unidad de asesoramiento considera procedente que se efectúe la transferencia fi nanciera para el pago del Aporte Total del Programa de diecisiete (17) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de Intervención 2- Por Emergencias o Desastres Naturales, en el marco del Decreto Supremo N° 032-2022-PCM, cuyo importe total asciende a S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante Informe N° 342-2022-LP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0450- 2022-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0291-2022-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 0523-2022-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial N° 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de diecisiete (17) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de intervención inmediata (AII-29), en el marco del Decreto Supremo N° 032-2022-PCM, por el importe total de S/ 1 680 416, 00 (Un Millón Seiscientos Ochenta Mil Cuatrocientos Dieciséis y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAMÓN LIRA LOAYZA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2083290-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan a la Directora de la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 573-2022-MTC/01 Lima, 5 de julio de 2022VISTO: El Memorando N° 1369-2022-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N o 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se creó el Sistema