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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2022 (06/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2022 El Peruano / Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8.1 de la cláusula octava del mencionado Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 360 000,00 (Trescientos sesenta mil y 00/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en el Plan de Trabajo del Gobierno Regional; Que, asimismo, el numeral 8.2 de la cláusula octava del citado Convenio, señala que, la transferencia se efectuará en el primer semestre del año 2022 por el 100% del monto, previa presentación del Plan de Trabajo para el periodo 2022; esta transferencia estará condicionada a la presentación del informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021; Que, mediante el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 0532-2022-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, señala que el Gobierno Regional de Cusco cumplió con presentar el Plan de Trabajo para el año 2022, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, y además, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021, conforme a lo establecido en la Cláusula Octava del Convenio Nº 006-2022-MINEM-DGFM; asimismo, indica que la O fi cina de Presupuesto con fecha 02 de febrero de 2022, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2022-00314-001 con cargo a la Meta Nº 0009 y SIAF Nº 0000000308, por el monto de hasta S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 270-2022-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos fi nancieros necesarios hasta por la suma de S/ 360 000,00 (Trescientos sesenta mil y 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas-, hasta por la suma de S/ 360 000,00 (Trescientos sesenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Cusco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 360 000,00 (Trescientos sesenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Cusco, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle:Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes : (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 360 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles) Pliego 446 : Gobierno Regional de Cusco 360 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central – Región CuscoUnidad Ejecutora SIAF : N° 0789Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC : N° 20527147612 Artículo 3 .- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Cusco, respectivamente, correspondiente al año 2022. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2083350-1 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de San Martín, para ser destinada a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 234-2022-MINEM/DM Lima, 4 de julio de 2022VISTOS: El Informe N° 0549-2022-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 276-2022-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 0549-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite ii) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, hasta por la suma de S/ 7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i), ii), iii) y iv); así también, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción del convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades involucradas;