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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2022 (08/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 8 de julio de 2022 El Peruano / conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220 establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica (VMGP), entre otras, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el ámbito de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del Ministerio de Educación dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), la de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del Ministerio de Educación, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que resulte aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del documento normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modi fi cado por Resolución Viceministerial Nº 055-2022-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, mediante la Ley N° 28372, se crea la Universidad Nacional “José María Arguedas” (UNAJMA) en el departamento de Apurímac, con personería jurídica de derecho público interno con sede en la ciudad de Andahuaylas, provincia del mismo nombre, del departamento de Apurímac; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 323-2021-MINEDU se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAJMA, quedando integrada de la siguiente manera: LUIS ANTONIO LASTRA ESPINOZA, Presidente; EDGAR CONDOR CAPCHA, Vicepresidente Académico; y JOSÉ ANTONIO TIBURCIO MORENO, Vicepresidente de Investigación; Que, mediante O fi cio N° 00698-2022-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00080-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la Resolución Viceministerial que disponga: i) Dar por concluidas las designaciones de LUIS ANTONIO LASTRA ESPINOZA en el cargo de Presidente, de EDGAR CONDOR CAPCHA en el cargo de Vicepresidente Académico y de JOSÉ ANTONIO TIBURCIO MORENO en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAJMA, ii) Designar a RUGGERTHS NEIL DE LA CRUZ MARCOS como Presidente, a MANUEL ERNESTO PAZ LOPEZ como Vicepresidente Académico y a ZAIDA OLINDA PUMACAYO SANCHEZ como Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAJMA; Que, mediante Informe N° 00761-2021-MINEDU/ SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo solicitado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 28372, Ley de creación de la Universidad Nacional “José María Arguedas” en el departamento de Apurímac; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado , con Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado con Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los señores LUIS ANTONIO LASTRA ESPINOZA, en el cargo de Presidente; EDGAR CONDOR CAPCHA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y JOSÉ ANTONIO TIBURCIO MORENO, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional “José María Arguedas”. Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional “José María Arguedas”, la misma que estará integrada conforme al siguiente detalle: - RUGGERTHS NEIL DE LA CRUZ MARCOS, como Presidente; - MANUEL ERNESTO PAZ LOPEZ, como Vicepresidente Académico; - ZAIDA OLINDA PUMACAYO SANCHEZ, como Vicepresidenta de Investigación. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional “José María Arguedas”, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de entrega de cargo o de transferencia de gestión, según corresponda, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA Viceministro de Gestión Pedagógica 2084428-1