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22 NORMAS LEGALES Viernes 8 de julio de 2022 El Peruano / Institucional modi fi cada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 016- 2019/CEPLAN/PCD; Que, al respecto, a través del Memorándum Nº 137-2022-IMARPE/OGPP de fecha 30 de mayo de 2022, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite la versión fi nal del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2025 del Pliego IMARPE, para la aprobación por parte de la Alta Dirección mediante acto resolutivo; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 158-2022- IMARPE/OGAJ de fecha 8 de junio de 2022, opina que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2025 del IMARPE en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Nº 001-2017-CEPLAN y la Guía para Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033- 2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; Que, el Consejo Directivo del IMARPE, en su Sexta Sesión Ordinaria celebrada el 13 de junio de 2022, mediante Acuerdo Nº 024-2022-CD/O, aprobó la ampliación de la temporalidad del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del IMARPE al 2025; Que, el literal o) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012- PRODUCE, señala que es función de la Dirección Ejecutiva Cientí fi ca, expedir resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos, de las funciones delegadas por el Consejo Directivo y de otros dispositivos que por norma legal se establezcan; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del IMARPE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012- PRODUCE , el Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico del Desarrollo Nacional”, y la Resolución Ministerial Nº 139-2021-PRODUCE que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2024 del Sector Producción; Con el visado de la Gerencia General; la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Ofi cializar la aprobación de la ampliación de la temporalidad del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del IMARPE, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Cientí fi ca Nº 064-2021-IMARPE/DEC, al 2020-2025, documento que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto efectúe el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2025 del IMARPE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, publicar la presente Resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar del Instituto del Mar del Perú (www.imarpe.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.RENATO C. GUEVARA CARRASCO Director Ejecutivo Cientí fi co Instituto del Mar del Perú 2084341-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Noruega y ante la República de Islandia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2022-RE Lima, 7 de julio de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2020- RE, de 12 de febrero de 2020, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Noruega al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0373-2020- RE, se fi jó el 18 de junio de 2020, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Noruega; Que, mediante Resolución Suprema Nº 127-2020- RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Noruega, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Islandia, con residencia en Oslo, Reino de Noruega; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 047-2021- RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Noruega. Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Islandia, con residencia en Oslo, Reino de Noruega. Artículo 3.- La fecha de término de sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Cancelar las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 5.- Darle gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 6.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2084469-3 Nombran Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de Noruega RESOLUCIÓN SUPREMA N° 080-2022-RE Lima, 7 de julio de 2022CONSIDERANDO:De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;