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28 NORMAS LEGALES Jueves 14 de julio de 2022 El Peruano / cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado del dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble expropiado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo VALOR DE TASACIÓN DE UN INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AEROPUERTO DE JAUJA DE LA REGIÓN JUNÍN N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMARIA FERNANDEZ DE QUISPE FELIX QUISPE TAIPECÓDIGO: AERO-JAUJA-SO3-120401-PR-00211ÁREA AFECTADA: 3,037.00m²AFECTACIÓN: TOTAL DEL INMUEBLE S/ 428 217,00LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con propiedad de terceros, con una línea quebrada de tres (3) tramos 15.04ml; 21.10ml; 9.88ml.Por el Sur:Colinda con predio 02013, con una línea quebrada de cuatro (4) tramos 21.70ml; 4.49ml; 29.86ml; 16.38ml. Por el Este: Colinda con pista de aterrizaje, con una línea quebrada de cuatro (4) tramos 5.54ml; 4.49ml; 29.86ml; 16.38ml Por el Oeste: Colinda con predio 02019, con una línea quebrada de tres (3) tramos 14.69ml; 18.32ml; 16.89ml.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA Vértice LadoDistancia mlCoordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) A A-B 15.04 449021.5244 8696781.2427 B B-C 21.10 449034.9093 8696788.1067 C C-D 9.88 449054.0590 8696796.9666 D D-E 5.54 449063.8989 8696797.9066 E E-F 4.49 449069.3288 8696796.8166 F F-G 29.86 449073.1188 8696794.4067 G G-H 16.38 449096.6084 8696775.9769 H H-I 21.70 449109.3183 8696765.6371 I I-J 22.68 449089.5485 8696756.6972 J J-K 24.36 449068.7788 8696747.5973 K K-L 3.81 449046.7191 8696737.2674 L L-M 14.69 449043.0492 8696736.2475 M M-N 18.32 449037.1493 8696749.6973 N N-A 16.89 449028.6994 8696765.9470 Predio Inscrito en la Partida Electrónica Nº 11074053 del Registro de Predios de Huancayo Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo. Con Informe Técnico N° 023-2021-MPRP-ET de fecha 22.08.2021, suscrito por la Especialista Técnico Geóg. Milagros Ramirez Pasapera C.G.P. N° 346 2086218-1 Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la ejecución de la obra: “ Aeropuerto Internacional “Coronel FAP Francisco Secada Vignetta”, ubicada en el departamento de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 599-2022-MTC/01.02 Lima, 12 de julio de 2022VISTOS: El Memorando N° 3548-2022-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Memorando N° 1647-2022-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Obra: “Aeropuerto Internacional “Coronel FAP Francisco Secada Vignetta”, ubicado en la ciudad de Iquitos, distrito de San Juan, provincia de Maynas, departamento de Loreto” y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de