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14 NORMAS LEGALES Jueves 14 de julio de 2022 El Peruano / seguridad de la navegación y de la vida humana en el mar y la protección del medio ambiente acuático; Que, mediante Resolución Directoral N° 1186-2016 MGP/DGCG de fecha 30 de noviembre del 2016, se aprobó la Norma de practicaje marítimo y de los prácticos marítimos, en la cual se encuentran establecidos los apéndices “D”, “E” y “O”, los cuales detallan las zonas de practicaje obligatorio, la cantidad mínima de maniobras para la obtención, renovación, ascenso y rehabilitación de los prácticos marítimos habilitados y la cantidad mínima de prácticos por zona de practicaje obligatorio; Que, mediante Resolución Directoral N° 783-2021 MGP/DICAPI de fecha 18 de noviembre del 2021, se aprobó el estudio de maniobras del Terminal Portuario Multiboyas MINA JUSTA de la empresa MARCOBRE S.A.C., el mismo que contiene la descripción de la instalación, tipos y características del buque, procedimientos de ingreso y salida de los buques, así como los límites operacionales basados en las condiciones océano meteorológicas de la intensidad del viento, corriente y olas; siendo estos factores de variantes que afectan las maniobras de ingreso, permanencia o salida de una nave en dicho terminal; Que, mediante los o fi cios N° 383/23, N° 481/21 y N° 655/21 de fechas 23 de marzo, 19 abril y 30 de mayo del 2022, respectivamente, la Capitanía de Puerto de San Juan solicita la incorporación de la nueva Zona de Practicaje Obligatoria a Boya del Terminal Portuario Multiboyas MINA JUSTA de propiedad de la empresa MARCOBRE S.A.C., para atender a los buques tanques quimiqueros de 15,000 y 20,000 toneladas de DWT, los cuales suministrarán ácido sulfúrico (H2SO4) para el procesamiento minero de grandes volúmenes de minerales de hierro; permitiendo un impacto positivo en la economía de la bahía de San Juan, distrito de Marcona, provincia de Nazca, región de Ica; Que, mediante el documento del visto, y dela evaluación técnica realizada, el Director de Control de Actividades Acuáticas, recomendó modi fi car los apéndices “D”, “E” y “O” de la Resolución Directoral N° 1186-2016 MGP/DGCG de fecha 30 de noviembre dl 2016, con la fi nalidad de incluir la nueva Zona de Practicaje Obligatoria a Boya del Terminal Portuario Multiboyas MINA JUSTA de propiedad de la empresa MARCOBRE S.A.C., para la atención de los buques tanques quimiqueros de 15,000 y 20,000 toneladas de DWT, los cuales suministrarán ácido sulfúrico (H2SO4) para el procesamiento minero de grandes volúmenes de minerales de hierro; Que, fi nalmente determinó dar viabilidad a la modi fi cación de la Resolución Directoral N° 1186-2016 MGP/DGCG de fecha 30 de noviembre del 2016, en razón a que dicho Terminal Portuario Multiboyas MINA JUSTA propiedad de la empresa MARCOBRE S.A.C., cuenta con un estudio de maniobra aprobado con Resolución Directoral N°783-2021 MGP/DICAPI de fecha 18 de noviembre del 2021, el mismo que contiene los aspectos establecidos en el artículo 197 del Decreto Supremo N° 015-2014-DE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Personal Acuático, a lo opinado por el Director de Control de Actividades Acuáticas, con el visto bueno del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Establecer la nueva Zona de Practicaje Obligatoria ZPB18 del Terminal Portuario Multiboyas MINA JUSTA de propiedad de la empresa MARCOBRE S.A.C., ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica. Artículo 2°.- Modi fi car la parte “D-2” del apéndice “D”, la parte “E-2” del apéndice “E” y la parte “O-2” del apéndice “O” de la Norma de practicaje marítimo y de los prácticos marítimos, aprobado por Resolución Directoral N° 1186-2016 MGP/DGCG de fecha 30 de noviembre del 2016, en el sentido de incluir la Zona de Practicaje Obligatorio ZPB18, estableciendo en dicha modi fi cación la cantidad mínima de maniobras para la obtención, renovación, ascenso y rehabilitación de los prácticos marítimos habilitados y la cantidad mínima de prácticos con la que debe contar la citada zona de practicaje, que como Anexo forma parte de la presente resolución directoral. Artículo 3°.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Norma de Practicaje Marítimo y de los Prácticos Marítimos, aprobado por Resolución Directoral N° 1186-2016 MGP/DGCG de fecha 30 de noviembre del 2016 y modi fi catorias. Artículo 4°.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución directoral a la empresa MARCOBRE S.A.C., así como la publicación de la misma y en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional www.dicapi.mil.pe, para fi nes de conocimiento público. Artículo 5°.- la presente resolución directoral entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “EL Peruano”. Regístrese y comuníquese, publíquese y archíveseCÉSAR ERNESTO COLUNGE PINTO Director General de Capitanías y Guardacostas 2086198-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Jefa de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 218-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 13 de julio de 2022VISTA:La Carta de Renuncia de fecha 13 de julio de 2022 de la Asesora de la Dirección Ejecutiva, el Memorando N° 1387-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UGRH y anexos, elaborado por la Jefa (e) de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 143-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se designa a partir del 03 de junio de 2022 a la señora Mary Marisol Gómez Chuchón en el cargo de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de confi anza; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 205-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se designó temporalmente, con e fi cacia anticipada a partir del 05 de junio de 2022, las funciones de Jefe de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, a la señora Mary Marisol Gómez Chuchón, quien ejerce dicho cargo en adición a las funciones que viene desempeñando hasta que se designe a su Titular; Que, de acuerdo al documento del visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que de la revisión y evaluación del curriculum vitae descriptivo y anexos a nombre de la señora Mary Marisol Gómez Chuchón concluye que cumple con los requisitos mínimos para ocupar el cargo de Jefa de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo establecido en la Directiva General DI N° 009-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE (versión 1) aprobada mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 216-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE y en el Clasi fi cador de Cargos de AGRO RURAL aprobado mediante Resolución