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11 NORMAS LEGALES Domingo 24 de julio de 2022 El Peruano / de recursos del Ministerio de Energía y Minas-, hasta por la suma de S/ 540 000,00 (Quinientos cuarenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Arequipa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 540 000,00 (Quinientos cuarenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Arequipa, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 540 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles)Pliego 443 : Gobierno Regional de Arequipa 540 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central – Región ArequipaUnidad Ejecutora SIAF : N° 0757Programa Presupuestal : Nº 0126 Formalización de la pequeña minería y minería artesanalProducto : Nº 3000658 Mineros FormalizadosActividad : Nº 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla ÚnicaCuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC : N° 20498390570 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Arequipa, respectivamente, correspondiente al año 2022. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2089475-1 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Ucayali, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2022-MINEM/DM Lima, 23 de julio de 2022VISTOS: El Informe N° 0686-2022-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 341-2022-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 0673-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite ii) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, hasta por la suma de S/ 7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i), ii), iii) y iv); así también, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción del convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades involucradas; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 31365, el MINEM y el Gobierno Regional de Ucayali, con fecha 12 de abril de 2022, suscribieron el Convenio Nº 020-2022-MINEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al citado Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8.1 de la cláusula octava del mencionado Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 130 000,00 (Ciento treinta mil y 00/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en el Plan de Trabajo del Gobierno Regional; Que, asimismo, el numeral 8.2 de la cláusula octava del citado Convenio, señala que, la transferencia se efectuará en el primer semestre del año 2022 por el 100% del monto, previa presentación del Plan de Trabajo para el periodo 2022; esta transferencia estará condicionada a la presentación del informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021; Que, mediante el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 0686-2022-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, señala que el Gobierno Regional de Ucayali cumplió con presentar el Plan de Trabajo para el año 2022, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, y además, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada