Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2022 (24/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 24 de julio de 2022 El Peruano / de marzo de 2022, del Equipo de Trabajo encargado de conducir el proceso de elección del representante de los gremios empresariales del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del INACAL; y el Informe N° 00000816-2022-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad (en adelante, INACAL) es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; Que, el artículo 13 de la Ley Nº 30224, dispone que el Consejo Directivo es el órgano máximo del INACAL, integrado por nueve (9) miembros, entre los cuales se encuentra un representante de los gremios empresariales; Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, establece que los miembros del Consejo Directivo son designados por un período de cuatro (4) años, pudiendo ser rati fi cados sólo por un período adicional; asimismo, señala que el representante de los gremios empresariales es propuesto y elegido por los representantes de los gremios que formen parte del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, en reunión convocada por el Ministerio de la Producción y por mayoría simple; Que, además, el referido artículo dispone que los representantes de los gremios empresariales y asociaciones de consumidores son acreditados mediante Resolución Suprema, refrendada por el/la Ministro/a de la Producción; Que, habiendo culminado el periodo de vigencia de la designación del representante de los gremios empresariales, designado mediante Resolución Suprema Nº 008-2015-PRODUCE; mediante el Acta de Sesión N° 005-202-PRODUCE/ET/INACAL, de fecha 17 de marzo de 2022, el Equipo de Trabajo encargado de conducir el proceso de elección del representante de los gremios empresariales del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del INACAL, ha proclamado al señor ELEODORO SILVESTRE LASTRA GOMERO como ganador y, por lo tanto, electo como el representante de los referidos gremios empresariales; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolución Suprema acreditando al miembro del Consejo Directivo del INACAL, en representación de los gremios empresariales, por un periodo de cuatro (4) años, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Nº 30224 y en el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Secretaria General, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Instituto Nacional de Calidad; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Modi fi catoria; y el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE:Artículo 1. Acreditar al señor ELEODORO SILVESTRE LASTRA GOMERO como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación de los gremios empresariales. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Artículo 3. Publicar la presente Resolución Suprema en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2089459-8 SALUD Dan por concluida designación de Jefe del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2022-SA Lima, 22 de julio de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2022-SA, de fecha 09 de marzo de 2022, se designó al economista José Ernesto Vidal Fernández en el cargo de Jefe del Seguro Integral de Salud; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la citada designación; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del economista José Ernesto Vidal Fernández en el cargo de Jefe del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2089459-6 Designan Jefe del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2022-SA Lima, 22 de julio de 2022 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe del Seguro Integral de Salud; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N°