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68 NORMAS LEGALES Jueves 23 de junio de 2022 El Peruano / o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal r) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar las autorizaciones de viaje al exterior que efectúe en comisión de servicio o fi cial al Gobernador Regional, Vicegobernador Regional y Consejeros Regionales; asimismo, el numeral 35.1 del artículo 35º del mismo cuerpo legal, establece que las licencias por viaje en comisión o fi cial del Gobernador, Vicegobernador y Consejeros Regionales fuera de la Región y del País, deben ser autorizados por el Pleno del Consejo Regional; Que, los numerales 6.1) y 6.2) del artículo 6º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, establece que el Presidente del Consejo Regional es el que preside y representa al Órgano Congresal del Gobierno Regional de Ayacucho, asimismo es elegido de entre sus miembros legales, por mayoría simple o mayoría ordinaria, para un período anual. La función principal está la de representar y convocar las Sesiones del Consejo Regional, lo preside y tramita sus acuerdos; asimismo el artículo 10º del Reglamento Interno del Consejo Regional establece que en ausencia temporal o permanente del Presidente del Consejo Regional; será reemplazado por el Presidente del Consejo Regional alterno, quién será elegido por el Pleno del Consejo Regional y asumirá el cargo con las prerrogativas que la Ley y el Reglamento le asiste; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por el artículo 3º de la Ley Nº 31433, establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, modi fi cada por Ordenanza Regional Nº 003-2020-GRA/CR; el Consejo Regional de Ayacucho luego de un amplio debate sometió a votación la solicitud con el siguiente resultado: VOTOS A FAVOR (08 votos) de los Consejeros Regionales: Edgar Raúl Olivares Yanqui, Cesar Augusto Moscosos Céspedes, Roger Palomino Vilcatoma, Wilber Huashuayo Hinostroza, Heiser Alejandro Anaya Oriundo, Welfrido Tenorio Velásquez, Oscar Oré Curo e Ysabel De la Cruz Jorge; con el VOTO EN CONTRA (05 votos) de los Consejeros Regionales: Javier Berrocal Crisóstomo, Elizabeth Prado Montoya, Dante Alex Medina Gutiérrez, Mario Benigno Valdez Ochoa y Eulogio Cordero García; y VOTO DE ABSTENCIÓN (01 voto) del Consejero Regional Hermilio Linares Neyra, consecuentemente el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros y la dispensa de la lectura y aprobación del Acta de fecha 17 de Junio de 2022, aprobó el siguiente: ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL:Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Presidente del Consejo Regional – ROGER PALOMINO VILCATOMA, viajar a la ciudad de Valledupar – Colombia, por el periodo comprendido del 22 al 27 de junio de 2022, con la fi nalidad de participar en la Asamblea de la Organización Deportiva Bolivariana - ODEBO, a razón de la invitación cursada por el señor Gobernador Regional de Ayacucho, por ser el Gobierno Regional de Ayacucho región an fi triona, como sede de los Juegos Bolivarianos del Bicentenario Ayacucho 2024; los gastos que irrogue la presente autorización de viaje, son con cargo al Presupuesto del Pliego del Gobierno Regional de Ayacucho, afecto a la Meta 062 Dirección y Conducción de Políticas Institucionales dentro d ellos Lineamientos del Gobierno Regional de Ayacucho.Artículo Segundo.- DISPONER que el Presidente del Consejo Regional presente al Consejo Regional de Ayacucho, un informe detallado debidamente documentado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado; y presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, de conformidad con el artículo 5º de la Ley Nº 27619. Artículo Tercero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia del Consejo Regional de Ayacucho, al señor Presidente del Consejo Regional alterno Consejero Regional WILBER HUASHUAYO HINOSTROZA, mientras dure la ausencia solicitada por el Titular. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Ayacucho, disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Quinto.- COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al señor Presidente del Consejo Regional, Presidente del Consejo Regional Alterno, Gobernador Regional y Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Mando se registre, comuníquese y cumpla.ROGER PALOMINO VILCATOMA PresidenteConsejo Regional CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL Gobernador 2079692-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURÍN Conforman el Comité Distrital de Salud de Lurín, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud ORDENANZA MUNICIPAL Nº 451-2022/MDL Lurín, 2 de junio del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURINVISTOS:El Acuerdo de Concejo Nº 036-2022/MDL aprobado en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 02 de junio del 2022, sobre aprobar la “Ordenanza que aprueba la Conformación del Comité Distrital de Salud de Lurín, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº30305,