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22 NORMAS LEGALES Sábado 25 de junio de 2022 El Peruano / VISTAS: Las Resoluciones Administrativas Nros. 000174-2022-CE-PJ y 000206-2022-CE-PJ, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000174-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la propuesta presentada por la señora Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para la reubicación del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho del Distrito Judicial de Huaura hacia la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, como Juzgado de Trabajo Transitorio con sede en Huancavelica, a partir del 1 de junio de 2022; a fi n de implementar la Nueva Ley Procesal del Trabajo; estableciéndose en el artículo segundo que el Jefe de la O fi cina de Productividad presente un informe complementario para su cumplimiento. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 000206-2022-CE-PJ, se di fi rió hasta el 1 de julio de 2022, la reubicación del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho del Distrito Judicial de Huaura hacia la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, como Juzgado de Trabajo Transitorio con sede en Huancavelica, dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000174-2022-CE-PJ. Tercero. Que, al respecto, este Órgano de Gobierno considera pertinente diferir hasta el 1 de agosto de 2022, la reubicación del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho del Distrito Judicial de Huaura hacia la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, como Juzgado de Trabajo Transitorio con sede en Huancavelica, dispuesta mediante Resolución Administrativa N° 000174-2022-CE-PJ. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 785-2022 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 21 de junio de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Diferir, hasta el 1 de agosto de 2022, la reubicación del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho del Distrito Judicial de Huaura hacia la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, como Juzgado de Trabajo Transitorio con sede en Huancavelica, dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000174-2022-CE-PJ. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huancavelica y Huaura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2080581-3Disponen la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000247-2022-CE-PJ Lima, 23 de junio del 2022VISTO:El O fi cio N° 000071-2022-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000071-2022-P-CT-EJE- PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, respecto a la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000033-2022-CE-PJ, que aprueba la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad y subespecialidad en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000039-2021-CE-PJ amplió el plazo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2021-2023, de conformidad a lo sustentado en el Informe N° 001-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se veri fi ca las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI), permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Tercero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000024-2022-CE-PJ, aprobó el “Plan Anual de Actividades 2022 de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico - EJE”, el cual comprende acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de junio de 2022, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en veinticinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en trescientos sesenta y uno órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso