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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (25/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 25 de junio de 2022 El Peruano / Disponen la reubicación y traslado de todos los órganos jurisdiccionales Civiles Permanentes ubicados actualmente en la sede judicial Edificio Javier Alzamora Valdez, hacia la nueva sede judicial Basadre ubicada en el distrito de San Isidro, y dictan otras disposiciones Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000221-2022-P-CSJLI-PJ Lima, 23 de junio del 2022VISTOS:La Resolución Administrativa N° 310-2019-CE-PJ de fecha 31 de julio del 2019, la Resolución Administrativa N° 208-2022-P-CSJLI-PJ de fecha 10 de junio del 2022, el O fi cio N° 160-2022-P-CSJLI-PJ de fecha 14 de junio del 2022, la Resolución Administrativa N° 218-2022-CE-PJ de fecha 17 de junio del 2022, el O fi cio Múltiple N° 0001-2022-P-CE-PJ de fecha 20 de junio del 2022, el mensaje electrónico de fecha 23 de junio del 2022; y, CONSIDERANDO: 1. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 310-2019-CE-PJ dispuso, entre otros, el funcionamiento del Primer Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 13 de agosto del año 2019, el cual está conformado por la 3° Sala Civil, el 11°, 14°, 23°, 25°, 31°, 32°, 33° y 34° Juzgados Civiles Permanentes y, el Juzgado Civil Transitorio y; habiendo transcurrido casi tres años desde su implementación, se ha estimado conveniente adherir más órganos jurisdiccionales al citado modelo procesal; es así, que la 4° Sala Civil, el 1°, 3°, 10°, 15°, 16°, 20°, 21° y 28° Juzgados Civiles Permanentes se sumarán como segundo tramo del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. 2. Mediante la Resolución Administrativa N° 208-2022-P-CSJLI-PJ, este despacho dispuso diversas medidas administrativas preparatorias para la ejecución de las futuras redistribuciones de expedientes que se deberán realizar desde los juzgados civiles permanentes que conforman y conformarán el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral hacia los Juzgados Civiles Transitorios que coadyuvarán en la descarga procesal de la especialidad, a fi n que los expedientes a redistribuir queden expeditos para dicha acción, antes del traslado de los Juzgados y Salas Civiles permanentes a su nueva ubicación en la sede judicial Basadre. 3. A través del O fi cio N° 160-2022-P-CSJLI-PJ, este despacho remitió a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la propuesta de redistribución de expedientes desde los Juzgados Civiles Permanentes antes citados hacia los nueve (9) Juzgados Civiles Transitorios requeridos, con datos de la carga en trámite centralizados al mes de mayo. 4. A propósito de lo señalado en el numeral precedente, mediante el O fi cio Múltiple N° 0001-2022-P-CE-PJ, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial hace de conocimiento a este despacho de un extremo del acuerdo N° 702-2022, tomado por mayoría en la sesión del citado órgano de Gobierno de fecha 01 de junio del 2022, que dispone entre otras medidas, la implementación del segundo tramo del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante la conversión y/o reubicación, a partir del 1 de julio del 2022 hasta el 31 de diciembre del 2022, del 1°, 2° y 3° Juzgados Constitucionales Transitorios de Lima y del 14° y 15° Juzgados de Trabajo Transitorios de Lima. 5. Con la Resolución Administrativa N° 218-2022-CE- PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha resuelto: 1) convertir, a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2022, el 23° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima en 2° Juzgado Civil Transitorio, de esta Corte Superior; estableciendo además, el cuadro de órganos jurisdiccionales transitorios que coadyuvarán en la descarga procesal de los juzgados del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, siendo los siguientes: Corte Superior de Justicia de OrigenDependencia de OrigenCorte Superior de Justicia de DestinoDependencia Judicial de Destino LIMA23° Juzgado de Trabajo Transitorio-LimaLIMA2° Juzgado Civil Transitorio- Lima LIMA1° Juzgado Consti- tucional Transitorio-LimaLIMA3° Juzgado Civil Transitorio- Lima LIMA2° Juzgado Consti- tucional Transitorio-LimaLIMA4° Juzgado Civil Transitorio- Lima LIMA3° Juzgado Consti- tucional Transitorio-LimaLIMA5° Juzgado Civil Transitorio- Lima LIMA14° Juzgado de Trabajo Transitorio-LimaLIMA6° Juzgado Civil Transitorio- Lima LIMA15° Juzgado de Trabajo Transitorio-LimaLIMA7° Juzgado Civil Transitorio- Lima LORETOJuzgado de Trabajo Transitorio -MaynasLIMA8° Juzgado Civil Transitorio- Lima MADRE DE DIOSJuzgado Civil Transitorio- TambopataLIMA9° Juzgado Civil Transitorio- Lima TACNA1° Juzgado Civil Transitorio- TacnaLIMA10° Juzgado Civil Transitorio- Lima 6. De otro lado, la especialidad civil de esta Corte Superior de Justicia fue declarada en emergencia mediante la Resolución Administrativa N° 114-2021-P-CE-PJ, por diversos factores, entre ellos que los Juzgados Civiles se encuentran totalmente hacinados de expedientes, que inclusive impiden las vías de circulación de jueces, juezas y personal auxiliar; habiéndose expuesto la problemática ante el Consejo Ejecutivo a fi n de solucionarla, la cual amerita el traslado de su ubicación a una nueva sede judicial que cuente con los requerimientos necesarios para un óptimo funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de la especialidad civil y brinde las seguridades a los/as magistrados/as, trabajadores/as y al público usuario; nueva sede que se ubica en la Av. Jorge Basadre Grohmann N° 157, distrito de San Isidro, propuesto como la nueva sede “Basadre” que albergará a los 24 Juzgados Civiles Permanentes y las 03 Salas Superiores Civiles, con 4,077.32 m2. y distribuido en 5 niveles. 7. Mediante mensaje de correo electrónico de vistos, la Coordinación de Informática de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo informa que en mérito a la puesta en producción del segundo tramo del Módulo de Litigación Oral esta Corte Superior de Justicia y a la mudanza de todas las Salas y los Juzgados Civiles Permanentes (27 Órganos Jurisdiccionales) de la sede Javier Alzamora Valdez (JAV) a la nueva sede judicial (Basadre), se deben desarrollar diversas acciones en la base de datos. 8. Estas acciones esencialmente corresponden a la migración de toda la información que tienen los Órganos Jurisdiccionales en el Sistema Informático Judicial (SIJ) de un contenedor informático a otro, acción a cargo de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, debiendo tenerse en cuenta que los Órganos Jurisdiccionales Civiles tienen una data histórica de más de 10 años, por lo cual la información a transferir es de gran dimensión, requiriendo un mayor tiempo para su ejecución; siendo que la referida Gerencia ha manifestado que, para este fi n, se requiere ejecutarlo cuando los usuarios del SIJ-JAV estén inactivos, esto es, que se debe “suspender” los servicios de la BD JAV para que el procedimiento de migración se realice de manera óptima, lo cual impedirá el ingreso de todos los documentos físicos y/o electrónicos (incluyendo la Mesa de Partes