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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2022 (07/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Lunes 7 de marzo de 2022 El Peruano / del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú, a partir del 4 de julio de 2021 y hasta el 2 de octubre de 2021. 2.3. De conformidad con las atribuciones de este órgano colegiado (ver SN 1.2.), corresponde al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones aprobar el Padrón Electoral De fi nitivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, previa fi scalización de su elaboración. 2.4. Es así que, como resultado de la fi scalización efectuada por la DNFPE, se tiene lo siguiente: a. Luego de recibido el Padrón Electoral Preliminar remitido por el Reniec, el 4 de febrero de 2022, con el Ofi cio Nº 000434-2022/SGEN/RENIEC, que contaba con 24 773 773 electores hábiles y 153 ciudadanos extranjeros inscritos para participar únicamente en las elecciones municipales, la DNFPE emitió el Informe Nº 000004-2022-MVP-DNFPE/JNE, que fue remitido al Reniec con sus respectivos anexos referidos a actas de constatación domiciliaria, para el procesamiento correspondiente. b. Posteriormente, el 1 de marzo de 2022, el Reniec remitió una actualización del Padrón Electoral Preliminar, por medio del O fi cio Nº 000776-2022/SGEN/RENIEC, con 24 759 909 electores hábiles y 153 ciudadanos extranjeros inscritos. Al respecto, la DNFPE emitió el Informe Nº 001-2022-AGAD-DNFPE/JNE, en el cual se concluyó que de los últimos 4 064 casos de ciudadanos con constataciones domiciliarias remitidas al Reniec, 1 753 fueron retrotraídos al ubigeo de su domicilio anterior, mientras que los restantes permanecían conforme a la Lista del Padrón Inicial, por lo que dicho informe fue remitido al Reniec a efectos de que veri fi que los casos reportados y, de considerarlo pertinente, realice las correcciones que corresponda efectuar. c. Por último, con el O fi cio Nº 000813-2022/SGEN/ RENIEC, recibido el 3 de marzo de 2022, el Reniec remitió el Padrón Electoral Preliminar actualizado, con un total de 24 759 909 electores hábiles y 153 ciudadanos extranjeros inscritos. d. Hecho el análisis de esta última entrega, la DNFPE emitió el Informe Nº 000005-2022-MVP-DNFPE/JNE, del 3 de marzo de 2022, con el cual concluyó que no se han identi fi cado inconsistencias en el Padrón Electoral conforme a las actividades que es posible realizar durante el periodo que se brinda a la fi scalización electoral del padrón y que, por ello, se encuentra expedito para su aprobación. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. APROBAR el Padrón Electoral De fi nitivo, elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, convocado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM, el cual comprende al siguiente número de electores: ELECCIONES REGIONALES 2022 Total de electores del padrón electoral 24 759 909 ELECCIONES MUNICIPALES 2022 Total de electores del padrón electoral 24 759 909Total de ciudadanos extranjeros inscritos 153Total de electores 24 760 062 2. REMITIR a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos entregados por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, los cuales contienen el Padrón Electoral De fi nitivo aprobado con la presente resolución. 3. PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes que se estime pertinentes.4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 2045403-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de San Borja 2022 ORDENANZA Nº 676-MSB San Borja, 17 de febrero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA VISTO, en Sesión Ordinaria Virtual de Concejo de fecha de 17 de febrero de 2022; el Dictamen Nº 015-2022-MSB-CAL, de la Comisión de Asuntos Legales, Dictamen Nº 010-2022-MSB-CER, de la Comisión de Economía y Rentas, Dictamen Nº002-2022-MSB-CSH, de la Comisión de Seguridad Humana; Informe N° 06-2022-MSB-GM-GSH de fecha 13 de enero de 2022 y el Memorándum N° 027-2022-MSB-GM-GSH de fecha 21 de enero de 2022, de la Gerencia de Seguridad Humana; el Informe N° 019-2022-MSB-GM-OPE-UPR de fecha 21 de enero de 2022, de la Unidad de Planeamiento y Racionalización ; el Informe N° 19-2022-MSB-GM-OPE de fecha 21 de enero de 2022, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica; el Informe N° 051 -2022-MSB-OAJ de fecha 26 de enero de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N°058- 2022-MSB-GM de fecha 27 de enero de 2022, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el Artículo IV del Título Preliminar y el artículo 40° de la Ley N° 27972, señala que los Gobiernos