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13 NORMAS LEGALES Jueves 10 de marzo de 2022 El Peruano / para la ejecución de gasto público en materia de inversión orientado al fi nanciamiento de proyectos de saneamiento, infraestructura vial y equipamiento urbano; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 038-2022-VIVIENDA/OGPP-OP, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos; Que, mediante los O fi cios N°s. 0231-2022-MIDAGRI- SG y 168-2022-MIDAGRI-SG/OGPP, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Gobierno Regional de Tumbes y de doce (12) Gobiernos Locales para fi nanciar catorce (14) inversiones, en el marco de la previsión de recursos dispuesta en los numerales 4.2 y 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 100-2021; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nºs. 035 y 0063-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos; Que, mediante el Memorando N° 0060-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, señala que no se encontraron comentarios respecto de las citadas inversiones, tras la revisión de los registros efectuados por las entidades correspondientes en el aplicativo informático del Banco de Inversiones; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 526 894 102,00 (QUINIENTOS VEINTISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Gobierno Regional de Tumbes y de ciento nueve (109) Gobiernos Locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional de los mencionados pliegos para el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 526 894 102,00 (QUINIENTOS VEINTISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Gobierno Regional de Tumbes y de ciento nueve (109) Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de ciento cincuenta y ocho (158) inversiones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 526 894 102,00 ---------------------- TOTAL EGRESOS 526 894 102,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 2 103 000,00 -------------------- Sub Total Gobierno Nacional 2 103 000,00 ============ SECCIÓN SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGO 461 : Gobierno Regional del Departamento de Tumbes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 4 182 069,00 -------------------- Sub Total Gobierno Regional 4 182 069,00 ============ SECCIÓN SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 520 609 033,00 -------------------- Sub total Gobierno Local 520 609 033,00 ============ TOTAL EGRESOS 526 894 102,00 ============ 1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Gobierno Regional de Tumbes y diversos Gobiernos Locales”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel