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14 NORMAS LEGALES Jueves 10 de marzo de 2022 El Peruano / programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2046689-2 Establecen nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en el Año Fiscal 2022 por parte de las Entidades del Sector Público y modifican Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0002-2022-EF/53.01 Lima, 8 de marzo de 2022VISTO:El Informe N° 0168-2022-EF/53.06 de la Dirección de Técnica y de Registro de la Información de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público, la implementación de los instrumentos de la gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), que comprende, entre otros, la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP), así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación; Que, bajo dicho marco normativo, se emite la Resolución Directoral Nº 0109-2021-EF/53.01 que aprueba la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, denominada “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” que tiene por fi nalidad contribuir con la asignación y utilización e fi ciente de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la referida Directiva establece el plazo máximo para que las entidades públicas remitan a la DGGFRH la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP, esto es, hasta el último día del mes de febrero de cada año; Que, habiéndose vencido el plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP, se advierte que solo algunas entidades del Sector Público han presentado dicho documento de gestión por cuanto, en algunos casos, a la fecha no cuentan con las transferencias presupuestales para el fi nanciamiento del gasto de personal, motivo por el cual resulta necesario establecer un nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP por parte de las entidades del Sector Público en el Año Fiscal 2022, con el fi n de asegurar que cuenten con un documento de gestión institucional que les permita una e fi ciente asignación y utilización de los ingresos de personal, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; Que, por su parte, el artículo 19 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 establece los supuestos y la documentación requerida para la modi fi cación del PAP; sin embargo, a fi n de que las entidades del Sector Público soliciten la opinión favorable a la DGGFRH para la referida modi fi cación se debe establecer un plazo máximo para que se puedan gestionar debidamente los pedidos de modi fi cación del PAP; por tanto, resulta necesario modi fi car los numerales 19.1 y 19.2 del artículo 19 de la Directiva antes mencionada, con la fi nalidad de incorporar el referido plazo; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nuevo plazo para la presentación de la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal en el Año Fiscal 2022 1.1. Establézcase como nuevo plazo para la presentación de la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal en el Año Fiscal 2022 por parte de las entidades del Sector Público, hasta el 27 de julio de 2022. 1.2. Las entidades del Sector Público remiten su solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP adjuntando la documentación correspondiente conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 109-2021-EF/53.01. Artículo 2.- Modi fi cación de la Directiva N° 0005- 2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 109-2021-EF/53.01 Modifícase los numerales 19.1 y 19.2 del artículo 19 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación