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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2022 (05/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 5 de mayo de 2022 El Peruano / y fi n de dichas misiones, con miras a que en el 2025 los Agregados asuman funciones el 1 de enero de ese año y culminen el 31 de diciembre de 2026, y sucesivamente, conforme al “Cuadro de Proyección de Nombramiento del Personal Superior en Misión Diplomática al 2027”, elaborado por dicha Institución Armada; Que, en virtud al O fi cio Nº 000962-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 175-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales señala que la Comisión de Selección, considerando las propuestas recibidas, ha cumplido con presentar la relación del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú que desempeñarán los cargos en las Agregadurías del Exterior, determinados en la Resolución Suprema Nº 003-2022-DE y en la Resolución Suprema Nº 004-2022-DE, precisando que se ha observado los requisitos que establece el Reglamento, e indicando que se ha tomado en consideración la evaluación efectuada por la Fuerza Aérea del Perú. Así también, el órgano técnico ha justi fi cado la modi fi cación que se requiere realizar, a partir del 1 febrero de 2023, en aquel país donde se ha nombrado a más de un Agregado, a efectos que el O fi cial más antiguo de ellos se acredite también como “Agregado de Defensa”, razón por la cual considera necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0486- 2021-DE, en el extremo referido a los cargos del personal nombrado en Misión Diplomática en la República Italiana, en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior; Que, mediante Informe Legal N° 00591-2022-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable aprobar, por medio de resolución ministerial, el nombramiento en Misión Diplomática del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú en los términos propuestos por la Dirección General de Relaciones Internacionales, por encontrarse acorde con la normativa vigente sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0977-2019-DE/SG. SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar en Misión Diplomática a los Ofi ciales Superiores de la Fuerza Aérea del Perú en las Agregadurías del Exterior, a partir del 1 de febrero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, de acuerdo con el siguiente detalle: CARGOGRADO APELLIDOS Y NOMBRES Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del BrasilCORONEL FAP VELA FLORES MICHAEL BORIS Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República de ColombiaCORONEL FAP PELAEZ SANTILLAN DAMER Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República de ChileCORONEL FAP GRANDEZ RAMIREZ MARCIAL ALFONSO Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Francesa y concurrente en el Reino de los Países Bajos y en el Reino de BélgicaCORONEL FAP CASTRO VASQUEZ FREDY ENRIQUE Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América (Washington D.C.)CORONEL FAP SUAREZ ALAYZA NELSON ADOLFO Artículo 2.- Nombrar en Misión Diplomática al Personal Técnico de la Fuerza Aérea del Perú, a partir del 1 de marzo de 2023, por un período máximo de dos (02) años, de acuerdo con el siguiente detalle:CARGOGRADO APELLIDOS Y NOMBRES Auxiliar a la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República de ChileTIP FAP CASTILLO ALMEYDA FILIBERTO Auxiliar a la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República del EcuadorTIP FAP HIDALGO GARAY ALFREDO Artículo 3.- Modi fi car la Resolución Ministerial Nº 0486-2021-DE, en el extremo referido al cargo del siguiente personal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: GRADO, APELLIDOS Y NOMBRESCARGO HASTA EL 31 DE ENERO DE 2023 NUEVO CARGO A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2023 CORONEL FAP CECCARELLI VARGAS JORGEAgregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República ItalianaAgregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Ital-iana Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el exterior se efectúa por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término. Artículo 5.- El personal militar señalado en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial pasa revista en la Dirección de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, por el período que dura la Misión Diplomática. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2063930-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban requisitos sanitarios para la importación de equinos para reproducción, competencia o deporte, exposición o ferias y trabajo, procedentes de la República de Panamá RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0007-2022-MIDAGRI-SENASA-DSA 4 de mayo de 2022VISTO:El INFORME-0017-2022-MIDAGRI-SENASA-DSA- SDCA-RANGELES de fecha 21 de abril de 2022, emitido por la Subdirección de Cuarentena Animal de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Decisión 515, “Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria” de la Comunidad Andina, dispone: “Los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fi tosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias”; Que, el artículo 1 de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059, establece, entre sus objetivos, la prevención, el control y la erradicación de plagas y enfermedades en vegetales y animales; que representan riesgo para la vida, la salud de las personas y los animales y la preservación de los vegetales;