Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2022 (05/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 5 de mayo de 2022 El Peruano / tecnologías digitales, interoperabilidad, seguridad digital, identidad digital y datos en la Entidad. f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital y evalúen el desempeño del Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI). g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital, interoperabilidad, seguridad de la información y datos abiertos en la Entidad. h) Promover el intercambio de datos, información, software público, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades. i) Gestionar, mantener y documentar el Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI) de la Entidad. j) Promover la conformación de equipos multidisciplinarios ágiles para la implementación de proyectos e iniciativas de digitalización de manera coordinada con los responsables de órganos y unidades orgánicas de la Entidad. k) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia. Artículo 3.- Comunicar la presente Resolución a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como a los órganos que conforman el Comité de Gobierno y Transformación Digital, para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad (www.fondepes.gob.pe) y en Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO LAMBRUSCHINI CANESSA JefeFondo Nacional de Desarrollo Pesquero 2063920-1 Designan Asesor I de la Jefatura del FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 42-2022-FONDEPES/J Lima, 4 de mayo de 2022VISTOS: el Memorando Interno N° 523-2022-FONDEPES/J de fecha 29 de abril de 2022, el Informe N° 157-2022-FONDEPES/UFRH de fecha 3 de mayo de 2022, el Memorando N° 405-2022-FONDEPES/OGA de fecha 3 de mayo de 2022 y la Nota N° 59-2022-FONDEPES/OGAJ de fecha 3 de mayo del 2022 y; CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (en adelante, FONDEPES) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, creado mediante Decreto Supremo N° 010-92-PE y elevado a rango de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; Que, mediante la Resolución de Gerencia General N° 012-2022-FONDEPES/GG del 4 de marzo de 2022, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos del FONDEPES actualizado, estableciéndose los requisitos mínimos del per fi l del cargo de Asesor(a) I de la Jefatura del FONDEPES y su clasi fi cación como empleado de confi anza; Que, mediante la Resolución de la O fi cina General de Administración N° 027-2022-FONDEPES/OGA del 11 de marzo de 2022, se aprobó la actualización del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional del FONDEPES, estableciéndose que el cargo de Asesor(a) I de la Jefatura del FONDEPES, se encuentra previsto;Que, mediante el Informe N° 157-2022-FONDEPES/ UFRH, la Coordinadora de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración señala que el señor Miguel Ángel Ponce Herrera cumple con los requisitos mínimos del per fi l de Asesor(a) I de la Jefatura del FONDEPES; Que, mediante Memorando N° 405-2022-FONDEPES/ OGA, la O fi cina General de Administración emite su conformidad sobre lo informado por la Coordinadora de la Unidad Funcional de Recursos Humanos mediante el Informe N° 157-2022-FONDEPES/UFRH; Que, mediante la Nota N° 59-2022-FONDEPES/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la designación del señor Miguel Ángel Ponce Herrera en el cargo de Asesor I de la Jefatura del FONDEPES; De conformidad con la Ley N° 27594, «Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos», así como en el ejercicio de las facultades previstas en el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Coordinadora de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar, a partir de la publicación de la presente Resolución, al señor Miguel Ángel Ponce Herrera en el cargo de Asesor I de la Jefatura del FONDEPES. Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución Jefatural al señor Miguel Ángel Ponce Herrera, así como a los Jefes y Directores de los órganos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, para los fi nes correspondientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO LAMBRUSCHINI CANESSA JefeFondo Nacional de Desarrollo Pesquero 2064191-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el “ Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción” DECRETO SUPREMO Nº 023-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo de Cooperación entre la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos para la Lucha contra la Corrupción” fue suscrito el 25 de febrero de 2022 en Lima, Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Que, conforme con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º numeral 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, el Presidente de la República se encuentra facultado a celebrar y rati fi car tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;