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46 NORMAS LEGALES Martes 10 de mayo de 2022 El Peruano / del presupuesto participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local, los miembros del Concejo Municipal, los representantes de la Sociedad Civil y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito y designados para tales fi nes. Integran también los Agentes Participantes un Equipo Técnico de soporte del proceso que participa con voz, pero sin voto en el proceso. b. Equipo Técnico: Lo integran los profesionales y técnicos en calidad de Funcionarios de la Municipalidad. El Equipo Técnico es presidido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, y tiene la misión conducir y brindar soporte técnico en el Proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica; asimismo, de armonizar la realización de acciones de capacitación de los Agentes Participantes. c. Comité de Vigilancia: Está conformado exclusivamente por los Agentes Participantes, encargado de realizar las acciones de vigilancia ciudadana del Proceso del Presupuesto Participativo, monitoreando que los acuerdos y compromisos asumidos se cumplan e informando periódicamente sobre los avances y resultados a la Sociedad Civil. d. Concejo Municipal: Es el Órgano de Gobierno de la Municipalidad, conformado por el Alcalde Distrital y el número de Regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones, conforme a la Ley de Elecciones Municipales. e. Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD: Es un Órgano de coordinación y concertación entre la Municipalidad y las Organizaciones de la Sociedad Civil. No ejerce funciones ni actos de gobierno. Está integrado por el Alcalde Distrital, que lo preside, y los Regidores Distritales, y por los representantes de las Organizaciones de Base, Comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización a nivel Distrital. f. Expediente Técnico: El conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especi fi caciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación del presupuesto de obra, Valor Referencial, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental u otros complementarios. g. Obras: Es todo aquello desarrollado por la Municipalidad que implica inversión de fondos, teniendo como fi n mejorar la calidad de vida de los vecinos de la jurisdicción. h. Plan de Desarrollo Local Concertado: Instrumento de gestión estratégica, concertado entre las autoridades y la sociedad civil, que establece las orientaciones y prioridades estratégicas de desarrollo del territorio, contiene la visión de desarrollo, sus objetivos estratégicos y las metas por cumplir a corto, mediano y largo plazo; así como las actividades y proyectos a realizar. i. Plan Estratégico Institucional - PEI: Es un Instrumento de gestión Institucional, formulado desde una perspectiva multianual, en base al Plan de Desarrollo Local Concertado. Contiene la Misión, Objetivos Estratégicos Institucionales, las acciones estratégicas, y la ruta estratégica. j. Potencialidad: Se entiende como potencialidad a la posibilidad de desarrollo del área territorial correspondiente en función a recursos y capacidades. k. Proceso Participativo: Es el conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo local, que incluye la participación de la población en el proceso de toma de decisiones. Los productos más importantes del proceso participativo son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. l. Presupuesto Participativo: Es un proceso de concertación que fortalece las relaciones Estado - Sociedad, mediante el cual se de fi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar, con la participación de la sociedad civil organizada, generando compromisos del conjunto de Agentes Participantes para la consecución de los Objetivos Estratégicos. m. Problema: Se entiende como problema a la situación o circunstancia que limita la consecución del bienestar social, se presenta como una situación negativa que requiere de solución, dado que su presencia afecta a un sector o a la población en general. n. Programa Multianual de Inversiones (PMI): Contiene el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o acceso a servicios públicos bajo la responsabilidad funcional de un sector, o a cargo de un Gobierno Regional (GR) o Gobierno Local (GL). Incluye, en un horizonte mínimo de tres (03) años, la cartera de inversiones a fi nanciarse total o parcialmente con recursos públicos, identi fi cada para lograr el alcance de las metas de producto especí fi cas e indicadores de resultado, asociados a la inversión, que sean consistentes con los objetivos de las brechas identi fi cadas y priorizadas, así como las proyecciones de Marco Macroeconómico Multianual (MMM) vigente. o. Proyecto de Inversión: Corresponde a intervenciones temporales que se fi nancian, total o parcialmente con recursos públicos, destinadas a la formación de capital físico, humano, natural, institucional e/o intelectual que tenga como propósito crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes y/o servicios que la Municipalidad tenga responsabilidad de brindar o de garantizar su prestación. p. Sociedad Civil: Comprende a las Organizaciones Sociales de Base territorial o temática; así como a Organismos Públicos e Instituciones Privadas, cuyos miembros residen mayoritariamente dentro del ámbito local. q. Talleres de Trabajo: Se denomina así a las reuniones de trabajo, convocadas por la Municipalidad, de los Agentes Participantes del Presupuesto Participativo, en las cuales sobre la base de la Visión y los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, se han planteado acciones a implementar, señalando los compromisos de los diversos actores locales que asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Artículo 7º.- PRINCIPIOS RECTORES El Proceso del Presupuesto Participativo se rige bajo los siguientes Principios rectores establecidos en la Ley Marco del Presupuesto Participativo: a. Participación: La Municipalidad promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación articulada de la Sociedad Civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. b. Transparencia: El Presupuesto de la Municipalidad es objeto de difusión por los medios posibles de información, con el pleno conocimiento de la población. c. Igualdad de Oportunidades: Las Organizaciones de la Sociedad Civil tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los Procesos de Plani fi cación y Presupuesto Participativo. d. Tolerancia: Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la Sociedad Civil y la Municipalidad, como un elemento esencial para la construcción de consensos. e. Efi cacia y E fi ciencia: La Municipalidad organiza su gestión en torno a objetivos y metas establecidos en sus Planes Concertados y Presupuestos Participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. f. Equidad: Las consideraciones de Equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestión municipal, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. g. Competitividad: La Municipalidad tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. En un