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47 NORMAS LEGALES Martes 10 de mayo de 2022 El Peruano / entorno de innovación, de modernización, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. h. Corresponsabilidad: La Municipalidad y la Sociedad Civil, en la identi fi cación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la priorización de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances del Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. i. Respeto a los Acuerdos: La Participación Ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones y/o acuerdos concertados. Estas decisiones no pueden ser modi fi cadas unilateralmente. j. Solidaridad: Es la disposición de todo Agente Participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares. k. Sostenibilidad y Multianualidad: La priorización de los Proyectos de Inversión deben tomar en cuenta la efectiva disponibilidad de los recursos y la sostenibilidad de su fi nanciamiento, incluyendo los gastos que requiera su mantenimiento, con un horizonte Multianual. Artículo 8º.-ENFOQUES INCORPORADOS EN EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO a. Enfoque de Derechos Humanos: El principal objetivo de este enfoque es integrar en las prácticas del desarrollo los principios éticos y legales inherentes a los Derechos Humanos. El Proceso del Presupuesto Participativo en la Municipalidad se desarrolla en el marco del respeto y protección de las normas y tratados internacionales y nacionales de Derechos Humanos. En ese sentido, se garantiza el principio de no discriminación en todo el Proceso. b. Enfoque de Género: El Proceso de Presupuesto Participativo en la Municipalidad garantiza en todas sus etapas la participación de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades. Asimismo, considerando las desigualdades existentes sustentadas en las estadísticas, se promoverá la igualdad entre hombres y mujeres dando prioridad a aquellos proyectos que propongan la reducción de las desigualdades y tengan impacto positivo en la vida cotidiana de las mujeres. c. Enfoque de Interculturalidad: El Proceso de Presupuesto Participativo promoverá la participación de la ciudadanía que representa a las diversas culturas que alberga el Distrito, y los proyectos que promuevan su desarrollo e inclusión. d. Enfoque Intergeneracional: El Proceso de Presupuesto Participativo en la Municipalidad toma en cuenta las necesidades de la ciudadanía en sus diferentes etapas de vida, teniendo en cuenta que el Distrito de Lurín, tiene una considerable proporción de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y que progresivamente está incrementando la población de personas adultas mayores. e. Enfoque de Desarrollo Humano: El Proceso de Presupuesto Participativo asume el lado ético y moral del progreso. Toda idea de Desarrollo Económico o Social debe ser vista desde su dimensión humana, en tanto respete los derechos de los individuos y de las Instituciones, asegure la libertad y la integridad física, e impulse el desarrollo de sus capacidades y la utilización de sus potencialidades. Este enfoque considera a la persona como principio y fi n del proceso de desarrollo y en función a ello orienta su perspectiva. Por ello, las personas deberán acceder al conocimiento y a los recursos necesarios que les permitan una vida integral, segura y con igualdad de oportunidades. Entendido como un proceso contingente de construcción de ciudadanos y sociedades orientada a su satisfacción plena y el buen vivir. f. Enfoque de Desarrollo Territorial: Fomenta los acuerdos de colaboración recíproca entre los actores públicos y privados de un territorio, aprovechando los recursos y ventajas competitivas locales, estimulando la actividad económica, la creación del empleo e ingresos; con la fi nalidad de asegurar mejores condiciones de vida de la población de la localidad. Los Gobiernos Locales promueven el Desarrollo Económico Local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de Planes de Desarrollo Económico Local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades, y la equidad en sus respectivas circunscripciones (Artículo VI del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades). g. Enfoque de Resultados: Este enfoque consiste en que todo objetivo de fi nido, debe identi fi car el resultado a alcanzar. Todo debe ser medido y debe generar un cambio positivo en la vida cotidiana de la gente. h. Enfoque de gestión del riesgo de desastres: Es un Proceso Social cuya fi nalidad es la prevención, reducción y control permanente de los factores de riesgo, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastres naturales o humanos en la sociedad. Artículo 9º.- OBJETIVOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: a. Mejorar la e fi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades consideradas en los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado. b. Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, en el marco de un ejercicio creativo y complementario de mecanismos de democracia directa y representativa que genere compromisos y responsabilidades compartidas, lo cual permita mejorar la focalización de la inversión pública hacia aquellos grupos de la población más vulnerables, excluidos, y con mayor carencia de servicios básicos. c. Propiciar una Cultura de responsabilidad fi scal, concertación y paz en la Comunidad d. Comprometer y garantizar la participación de la Sociedad Civil durante todo el proceso en las acciones de cumplimiento de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia y cultura respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en el Desarrollo Local Sostenible del Distrito. e. Fijar prioridades en la inversión pública, garantizando la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada, y estableciendo un orden de prelación para la ejecución de proyectos que se prioricen y sean declarados viables bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley. f. Fortalecer los mecanismos de transparencia, seguimiento, control, vigilancia, y la rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto, orientada a mejorar la efectividad del accionar Institucional, con enfoque en la gestión por resultados. g. Institucionalizar los espacios de Participación Ciudadana y fortalecer a las Organizaciones Sociales de Base h. Generar una visión compartida del desarrollo local integral, armónico y sostenible. i. Promover la Concertación como una forma de entendimiento, diálogo, acuerdos y corresponsabilidades conjuntas. TÍTULO II ACTORES DEL PROCESO CAPÍTULO I EQUIPO TÉCNICO Artículo 10º.- EQUIPO TÉCNICO El Equipo Técnico será designado mediante Resolución de Alcaldía y tiene los siguientes roles: • Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso. • Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. • Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos. • Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera.