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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2022 (11/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2065948-4 Designan Director de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2022-EF/43 Lima, 10 de mayo del 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director(a) de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único. Designar al señor Efraín Arturo Rodríguez Lozano, en el puesto de Director de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2065940-1 EDUCACION Designan Director de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2022-MINEDU Lima, 9 de mayo de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor PEDRO GONZALO ACOSTA PORTOCARRERO en el cargo de Director de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2065792-1 Aprueban disposiciones excepcionales para el año académico 2022, respecto a los procesos de encargatura de puestos y funciones de directores generales de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos, declarados desiertos RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 051-2022-MINEDU Lima, 10 de mayo de 2022VISTOS; el Expediente N° 0051600-2022, el Informe N° 00048-2022-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico - Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe N° 00450-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00478-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la Política General del Estado; Que, según el primer y tercer párrafo del artículo 32 de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, el puesto de director general de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior Tecnológica públicos no está comprendido dentro de la Carrera Pública Docente regulada por la Ley Nº 30512