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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2022 (11/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de mayo de 2022 El Peruano / Que, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021- 2026 Ampliado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos constituye el documento de gestión institucional que establece la misión, los objetivos y las acciones estratégicas en el mediano plazo, acorde con los objetivos del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2019 -2026 Ampliado Sector Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante O fi cio D000326-2022-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite el Informe Técnico Nº D000127-2022-CEPLAN-DNCPPEI, en el que veri fi ca la Ampliación de la Temporalidad del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para el periodo 2021-2026, y en aplicación a las orientaciones que establece el O fi cio Múltiple Nº D000002-2022-CEPLAN-DNCP y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, recomienda, entre otros, continuar con los trámites correspondientes para su aprobación mediante acto resolutivo y disponer su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS y modi fi catoria, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Que, el artículo 26 del citado Reglamento de Organización y Funciones señala que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021 - 2026 Ampliado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021 - 2026 Ampliado, aprobado mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021 - 2026 Ampliado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (https://www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Difundir la presente Resolución Ministerial en todos los Órganos, Unidades Orgánicas, Consejos, Comisiones y Programas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX INOCENTE CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2065826-1FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 088-2022-JUS Mediante O fi cio Nº 000688-2022-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 088-2022-JUS, publicada en la edición del día 6 de mayo de 2022. DICE:“Artículo 1.- Designar al señor Ramón Fernando Alcalde Poma, como miembro del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, en su calidad de representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.” DEBE DECIR:“Artículo 1.- Designar al señor Ramón Fernando Alcalde Poma, como miembro del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, en su calidad de representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a partir del 7 de mayo de 2022.” 2065949-1 PRODUCE Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Madera – CITEmadera” Instituto Tecnológico de la Producción RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 070-2022-ITP/DE Lima, 9 de mayo de 2022.VISTOS: El Memorando N° 000070-2022-ITP/CITEMADERA- LIMA del 02 de febrero de 2022, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera; el Memorando N° 000063-2022-ITP/DEDFO del 21 de marzo de 2022, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; los Memorandos N° 001456 y 001486-2022-ITP/OA de fechas 29 y 30 de marzo de 2022, respectivamente, emitidos por la Oficina de Administración; el Memorando N° 000494-2022-ITP/OGRRHH del 30 de marzo de 2022, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; los Memorandos N° 1506 y 1719-2022-ITP/OPPM de fecha 01 y 13 de abril de 2022, respectivamente, emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 000154-2022-ITP/OAJ del 22 de abril de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el