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22 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de mayo de 2022 El Peruano / Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEmadera, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 296-2019-ITP/DE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la incorporación de cinco (05) servicios tecnológicos de los cuales cuatro (04) corresponden a nuevos servicios y uno (01) por cambio de la denominación del servicio N° 24 “Asesoría tecnológica para el sector madera y mueble” por servicio “Desarrollo de proyectos de I+D+i” en el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Madera – CITEmadera” aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 296-2019-ITP/DE, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante del presente acto resolutivo. Artículo 2.- Aprobar la exclusión del servicio N° 24 “Asesoría tecnológica para el sector madera y mueble” del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEmadera, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 296-2019-ITP/DE, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- De acuerdo con los servicios tecnológicos contenidos en el Anexo adjunto y aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución, corresponde proceder al retiro e incorporación de los servicios que se encuentren en el Anexo Nº 3 “Lista de servicios adicionales (no incluidos en tarifario)” y el Anexo Nº 2. “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a lo que resultan aplicable los Esquemas Promocionales” aprobados en la Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/ DE y modi fi catorias. Artículo 4.- Disponer que en el caso del servicio tecnológico excluido por el artículo 2 de la presente Resolución y que se encuentre en ejecución, solo continúa vigente hasta la culminación de la prestación de dicho servicio. Artículo 5 - Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 y artículo 2 de la presente Resolución, realice las acciones correspondientes para la actualización del Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP - SSIPRO. Artículo 6.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.PABLO CÉSAR ROBLES SORIA Director Ejecutivo 2065424-1Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic” Instituto Tecnológico de la Producción RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 071-2022-ITP/DE Lima, 9 de mayo de 2022.VISTOS: El Memorando N° 000108-2022-ITP/ CITEAGROINDUSTRIAL-CHAVIMOCHIC del 23 de marzo 2022, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic; el Memorando N° 000063-2022-ITP/DEDFO del 21 de marzo de 2022, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; los Memorandos N° 001456 y 001486-2022-ITP/OA de fechas 29 y 30 de marzo de 2022, respectivamente, emitidos por la O fi cina de Administración; el Memorando N° 000494-2022-ITP/OGRRHH del 30 de marzo de 2022, de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; los Memorandos N° 1506 y 1719-2022-ITP/OPPM de fecha 01 y 13 de abril de 2022, respectivamente, emitidos por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 000154-2022-ITP/OAJ del 22 de abril de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente; Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda; Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;