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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de noviembre de 2022 El Peruano / a disposición de los administrados, la relación de procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad que ofrece la Entidad; Que, el Texto Ordenado del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Borja, ha sido materia de modi fi cación mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2022-MSB-A de fecha 20 de mayo de 2022, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 22 de junio de 2022, en relación a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro y la Unidad de Obras Privadas, así como los procedimientos administrativos a cargo de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor; Que, a través del Memorándum Nº 0114-2022-MSB- GAT-URFT de fecha 26 de setiembre de 2022 y Memorándum Nº 0117-2022-MSB-GM-GAT-URFT de fecha 29 de setiembre de 2022, la Unidad de Recaudación y Fiscalización Tributaria remite los Informes Nsº 001-2022-MSB-GM-GAT-URFT-GLV de fecha 26 de setiembre de 2022 y 002-2022-MSB-GM-GAT-URFT-GLV de fecha 29 de setiembre de 2022, a través de los cuales, se remite la propuesta de modi fi cación del Texto Ordenado del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, respecto a los procedimientos de: i) Emisión de Constancia de No Adeudo y de ii) Fraccionamiento de Deuda Tributaria y No Tributaria; Que, con Informe Nº 174-2022-MSB-GM-OPE-UPR de fecha 06 de octubre de 2022, la Unidad de Planeamiento y Racionalización concluye que, la modi fi cación propuesta del Texto Ordenado del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, por la Unidad de Recaudación y Fiscalización Tributaria es coherente con sus competencias y, no implica la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos y tramitación o requisitos; por lo que, en atención a ello, la Unidad de Planeamiento y Racionalización remite el proyecto del TUPA modi fi cado de los procedimientos administrativos que están a cargo de la Unidad de Recaudación y Fiscalización Tributaria, considerando viable la propuesta de modi fi cación del TUPA en lo que respecta a los Procedimientos Administrativos Fraccionamiento de Pago de Deuda Tributaria y No Tributarias y Constancia de No Adeudo, la cual deberá ser aprobada mediante Decreto de Alcaldía; Que, a través del Memorándum Nº 228-2022-MSB- GM-OPE de fecha 06 de octubre de 2022, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica rati fi ca lo señalado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización y deriva los actuados a la O fi cina de Asesoría Jurídica para que emita la opinión legal correspondiente; Que, mediante Informe Nº 401-2022-MSB-OAJ de fecha 13 de octubre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta legalmente viable la emisión del Decreto de Alcaldía que modi fi que el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Borja, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MSB-A de fecha 11 de enero de 2022, modi fi cado por Decreto de Alcaldía Nº 013-2022-MSB-A de fecha 20 de mayo de 2022, en relación a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad referido a la emisión de Constancia de No Adeudo y el Fraccionamiento de Pago de Deuda Tributaria y No Tributaria, a cargo de la Unidad de Recaudación y Fiscalización Tributaria, quedando el instrumento de gestión en referencia a dicha unidad de organización conforme la propuesta contemplada en el Anexo TUPA acompañado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización; Que, a través del Memorándum Nº 0432-2022-MSB- GM de fecha 19 de octubre de 2022, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Unidad de Recaudación y Fiscalización Tributaria, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Municipal:DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Borja, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MSB-A de fecha 11 de enero de 2022, modi fi cado por Decreto de Alcaldía Nº 013-2022-MSB-A de fecha 20 de mayo de 2022, en relación a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad referido a la emisión de Constancia de No Adeudo y el Fraccionamiento de Pago de Deuda Tributaria y No Tributaria, a cargo de la Unidad de Recaudación y Fiscalización Tributaria, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía y Anexo en el diario o fi cial El Peruano, así como difundir su texto y anexo en el Portal de Transparencia Institucional www.munisanborja.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2120788-1 Modifican el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de San Borja, en relación a procedimientos administrativos a cargo de la Unidad de Defensa Civil DECRETO DE ALCALDÍA Nº 24-2022-MSB-A San Borja, 26 de octubre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, la Correspondencia Nº 013839-2022 de fecha 20 de setiembre de 2022, el Memorando Nº 33-2022-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 28 de setiembre de 2022, el Informe Nº 264-2022-MSB-GM-GSH-UDC de la Unidad de Defensa Civil de fecha 30 de setiembre de 2022, la Correspondencia Nº 004209-2022 de fecha 14 de octubre de 2022, el Memorándum Nº 129-2022-MSB-GM-GSH-UDC de la Unidad de Defensa Civil de fecha 14 de octubre de 2022, el Memorándum Nº 037-2022-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 20 de octubre de 2022, el Informe Nº 274-2022-MSB-GM-GSH-UDC de la Unidad de Defensa Civil de fecha 20 de octubre de 2022, el Informe Nº 182-2022-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 21 de octubre de 2022, el Memorándum Nº 234-2022-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 24 de octubre de 2022, el Informe Nº 414- 2022-MSB-GM-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 25 de octubre de 2022, el Memorándum Nº445-2022-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 26 de octubre de 2022; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…)”; asimismo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que: “(…) Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece