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15 NORMAS LEGALES Domingo 6 de noviembre de 2022 El Peruano / integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000836-2022/DSFL/MC de fecha 24 de octubre de 2022, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Auquimarca, recaída en el Informe de Inspección N° 001-2022-HAH-DSFL-DGPA /MC de fecha 24 de octubre de 2022, para su atención; Que, mediante Informe Nº 000169-2022-DGPA-ARD/ MC de fecha 28 de octubre de 2022, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Auquimarca; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000012-2022-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Auquimarca, ubicado en el distrito de San Buenaventura, provincia de Canta y departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código PP-055-MC_DGPA-DSFL-2022WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Zona: 18 L Área: 64 972.70 m² (6.4972 ha) Perímetro: 967.26 m CUADRO DE DATOS TECNICOS S. A. Auquimarca VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 97.13 127°0’49” 319366.6708 8730398.0202 2 2-3 124.07 150°13’8” 319458.2420 8730430.3982 3 3-4 158.42 126°47’10” 319580.3133 8730408.1958 4 4-5 43.43 124°52’32” 319650.9460 8730266.3910 5 5-6 100.42 154°16’45” 319630.1244 8730228.2753 6 6-7 81.3 199°1’47” 319548.5057 8730169.7718 7 7-8 191.96 81°41’28” 319501.4840 8730103.4530 8 8-9 75.85 152°26’40” 319362.5770 8730235.9470 9 9-1 94.68 143°39’40” 319338.1369 8730307.7472 TOTAL 967.26 1259°59’59” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001- 2022-HAH-DSFL-DGPA /MC de fecha 24 de octubre de 2022, elaborado por el Licenciado Humberto Álvarez Gil Heredia, así como en los Informes N° 000836-2022-DSFL/MC, Informe N° 000035-2022-DSFL-HAH/MC y el plano perimétrico con código N° PP-055-MC_DGPA/DSFL-2022 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especificado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de de Catastro y Saneamiento Físico Legal, las siguientes:MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xCoordinar con la Comunidad Campesina de San Buenaventura las medidas de protección del sitioarqueológico. Señalización: XConstrucción de muros de señalización e hitos de concreto que señalen el área de protección del sitioarqueológico. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de San Buenaventura, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001- 2022-HAH-DSFL-DGPA /MC, el Informe N° 000836-2022-DSFL/MC, Informe N° 000035-2022-DSFL-HAH/MC e Informe Nº 000169-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PP-055-MC_DGPA/DSFL-2022 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS DirectorDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2121671-1 DEFENSA Modifican la R.S. N° 025-2022-DE, sobre designación de Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, Miembro de la Representación Permanente del Perú ante la OEA y como Delegado Alterno de la Delegación de Perú ante la JID RESOLUCIÓN SUPREMA N° 164-2022-DE Lima, 4 de noviembre de 2022VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001019-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el OF. RE (SGG) Nº 2-20-A/78 del Ministerio de Relaciones Exteriores; el O fi cio Nº 01822-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de