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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (10/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 10 de noviembre de 2022 El Peruano / Fiscal del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, según el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son trasferidos. Artículo 4.- Acciones Administrativas Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para que realicen las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cina El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2123543-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban los “Lineamientos para la adopción progresiva de BIM en las fases del Ciclo de Inversión” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0007-2022-EF/63.01 Lima, 8 de noviembre de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modi fi catorias, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 4 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF y sus modi fi catorias, establece que corresponde a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) emitir disposiciones para la adopción progresiva de las metodologías colaborativas de modelamiento digital de la información, a fi n de mejorar la transparencia, calidad y efi ciencia de la inversión pública. Asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, dispone que la implementación e incorporación de metodologías colaborativas de modelamiento digital de la información a que se re fi ere el numeral 4 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento se realiza de manera progresiva. Para tal efecto, la DGPMI aprueba las disposiciones necesarias para la adopción de los aplicativos informáticos y la generación de capacidades; Que, mediante el Decreto Supremo N° 345-2018- EF, se aprobó la Política Nacional de Productividad y Competitividad, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, alcanzando al sector privado y la sociedad civil, en cuanto le sea aplicable. Dicha política contempla como Objetivo Prioritario 1: “Dotar al país de infraestructura económica y social de calidad”, el cual a su vez considera como lineamientos de política, entre otros, formular y evaluar, o aprobar y ejecutar e fi cientemente las inversiones públicas, así como asegurar la sostenibilidad y el funcionamiento de la infraestructura económica y social ( fi nanciamiento, operación y mantenimiento) a través del fortalecimiento de capacidades en el sector público; Que, por su parte, el Decreto Supremo N° 237-2019- EF, que aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, señala que las medidas establecidas en el referido Plan Nacional se implementan en el marco de las competencias legalmente asignadas y de acuerdo con el grado de participación y responsabilidad de las entidades y actores estratégicos que se detallan en este; Que, en esa línea, el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 establece la “Medida de política 1.2: Plan BIM”, con el objetivo de incorporar progresivamente la metodología colaborativa de modelamiento digital de información para la construcción (BIM, por sus siglas en inglés: Building Information Modeling) en el sector público, para lo cual contempla hitos al corto, mediano y largo plazo; Que, mediante el Decreto Supremo N° 289-2019-EF, y modi fi catoria, se aprobaron las disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública, el cual tiene por objeto establecer las disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en los procesos de inversión pública de las entidades y empresas públicas sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, creado por el Decreto Legislativo N° 1252; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0002- 2021-EF/63.06, se aprobó el “Plan de Implementación y Hoja de Ruta del Plan BIM Perú”, el cual contiene el análisis del contexto actual nacional de la industria de construcción, así como de la adopción BIM en el Perú y de fi ne objetivos y acciones al corto, mediano y largo plazo estructurados en base a cuatro líneas estratégicas: 1) Establecer el liderazgo público, 2) Construcción de un marco colaborativo, 3) Aumento de la capacidad de la industria y 4) Comunicación de la visión; Que, dentro de las acciones de corto plazo se encuentra desarrollar y aprobar la Directiva “Lineamientos para la adopción de BIM a nivel organizacional” del componente: “Fortalecer el marco legal existente” de la línea estratégica 2: “Construcción de un marco colaborativo”, contenida en el Cuadro de acciones a corto, mediano y largo plazo del Plan de Implementación y Hoja de Ruta del Plan BIM Perú; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0005-2021- EF/63.06, se aprobó la “Nota Técnica de Introducción BIM: Adopción en la Inversión Pública” y la “Guía Nacional BIM: Gestión de la Información para inversiones desarrolladas con BIM”, con la fi nalidad de responder las preguntas más frecuentes sobre BIM, presentar los documentos y herramientas vinculados al proceso de adopción de BIM, describir la metodología en el contexto de la inversión pública, así como la aplicación del Entorno de Datos Comunes como pieza fundamental del proceso de Gestión de la Información en las inversiones desarrolladas aplicando BIM; Que, asimismo, a través de la Resolución Directoral N° 001-2022-EF/63.01, se aprobó la “Directiva para la selección, desarrollo y acompañamiento de proyectos piloto utilizando BIM”, que tiene por objeto de establecer un marco normativo que regule la aplicación de BIM a nivel de proyectos en el desarrollo de inversiones públicas, de manera que se identi fi quen lecciones aprendidas y buenas prácticas sobre la forma de cómo aplicar BIM en las fases de Formulación y Evaluación, y Ejecución del Ciclo de Inversión, así como retroalimenten los documentos y herramientas emitidas, en el marco de la adopción progresiva de BIM en el sector público; Que, en base a la asistencia técnica, en el marco del “Memorándum de entendimiento para la colaboración sobre el modelado de información para la construcción, entre el Ministerio de Negocios, Energía e Industria Estratégica del Gobierno de Reino Unido de Gran Bretaña