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16 NORMAS LEGALES Jueves 10 de noviembre de 2022 El Peruano / General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en el numeral 45.2 del artículo 45 señala que el Órgano Resolutivo del Sector conforma un comité de seguimiento de inversiones encargado de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones de la entidad. Este comité está conformado con las Unidades Ejecutoras de Inversiones y otros órganos o dependencias de cada entidad a fi n de que brinden la información sobre el avance de la ejecución de las referidas inversiones con una periodicidad mensual; Que, en dicho contexto legal, a través de la Resolución Ministerial N° 0054-2019-JUS, de fecha 05 de febrero de 2019, se dispone, entre otros, la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos, de naturaleza temporal, encargado de realizar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones de la Entidad; Que, con fecha 16 de julio de 2019, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió los “Lineamientos para la conformación y funcionamiento de los Comités de Seguimiento de Inversiones”; Que, el sub numeral 6.2 del numeral VI de los citados lineamientos, señala que son miembros del comité los responsables de los órganos directamente involucrados en el desarrollo de las inversiones, y precisa el listado de los mismos; Que, mediante el Decreto Supremo N° 231-2022- EF, se modi fi có el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, precisando, entre otros, en el numeral 6 del párrafo 9.3 del artículo 9 que el Órgano Resolutivo del Sector tiene como una de sus funciones el realizar el seguimiento de las inversiones en la fase de Ejecución; así como el conformar y presidir el comité de seguimiento de inversiones del Sector. Asimismo, establece que para el caso de entidades, el Órgano Resolutivo realiza sus funciones de seguimiento a través del Titular; Que, mediante Memorando N° 1009-2022-JUS/ OGPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 135-2022-JUS/OGPM-OPMI, de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, en el que se sustenta la propuesta para la modi fi cación de la conformación del comité al que se ha hecho referencia, tomando en consideración los titulares de cada una de las áreas involucradas y la toma de decisiones en el Sector Justicia y Derechos Humanos; Que, en este orden de ideas, mediante el Informe N° 0997-2022-JUS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta viable jurídicamente la propuesta de modi fi cación antes mencionada, conforme al marco legal vigente y a la propuesta presentada; Con el visado de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo y sus modi fi catorias; la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modifícase del numeral 2.1, del artículo 2, de la Resolución Ministerial N° 0054-2019-JUS, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo. 2.- Conformación: 2.1 Conformar el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos, de naturaleza temporal, encargado de realizar el Seguimiento de la Cartera Priorizada de Inversiones del Sector, el cual estará integrado por los siguientes miembros: 1) El/la Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos, en su calidad de Presidente. 2) El/la Jefe/a de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI del Sector Justicia y Derechos Humanos, en su calidad de Secretario/a Técnico/a. 3) El/la Jefe/a de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, o quien haga sus veces, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y los/las Jefes/as de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, o quienes hagan sus veces, de los otros (03) pliegos presupuestales del Sector Justicia y Derechos Humanos. 4) El/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración, o quien haga sus veces, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y los(las) Jefes/as de las O fi cinas de Administración, o quienes hagan sus veces, de los otros tres (03) pliegos presupuestales del Sector Justicia y Derechos Humanos. 5) Los/las Responsables de las Unidades Ejecutoras de Inversiones - UEI del Sector Justicia y Derechos Humanos. (…)”Artículo 2.- Notifíquese la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos señalados en el artículo 1 precedente, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial y en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2123421-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Rectifican errores materiales incurridos en el Manual de Clasificador de Cargos de la Unidad Ejecutora: 001 Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobado por Res. N° 046-2022-MIMP/SG RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 051-2022-MIMP-SG Lima, 9 de noviembre de 2022VISTOS, los Informes N° D000557-2022-MIMP- OPTP y N° D000577-2022-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D000964-2022-MIMP-OGRH y la Nota N° D001029-2022-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000211-2022-MIMP-OMI de la Ofi cina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D000793-2022-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Nota N° D000365-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 046-2022-MIMP-SG de fecha 27 de setiembre de