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4 NORMAS LEGALES Sábado 19 de noviembre de 2022 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios del Sector Público RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 011-2022-PCM/SGP Lima, 17 de noviembre de 2022 VISTO:El Informe N° D000059-2022-PCM-SSCS de la Subsecretaría de Calidad de Servicios de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Asimismo, la citada Ley establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por fi nalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; señalando que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría de dicho sistema; Que, el artículo 8 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, preceptúa que la calidad de la prestación de los bienes y servicios comprende acciones que abordan desde el diseño y el proceso de producción del bien o servicio, el acceso y la atención en ventanilla, cuando corresponda, hasta el bien o servicio que presta la entidad. Dichas acciones están dirigidas, según corresponda, a conocer las necesidades de las personas a las que atiende la entidad, ampliar, diversi fi car o asociar los canales de atención y establecer estándares de calidad, entre otros; Que, en ese sentido, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2021-PCM/SGP se aprueba la Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP, “Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público”, que tiene por fi nalidad poner a disposición de las entidades de la administración pública una herramienta de gestión que oriente a la mejora de los bienes y servicios otorgados y de esta forma contribuir con la mejora de la calidad de vida de las personas; Que, posteriormente, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 015-2021-PCM/SGP se suspendió la aplicación de la acotada Norma Técnica N° 002-2021-PCM-SGP, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2021-PCM/SGP, cuyo plazo de suspensión se amplió de acuerdo a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 009-2022-PCM-SGP; ello con la fi nalidad de implementar mejoras en su aplicación, tales como aplicar herramientas diferenciadas considerando las características particulares de las entidades públicas, bajo un enfoque territorial, que facilitarían y contribuirían al logro de sus objetivos orientados a que las entidades públicas brinden bienes y servicios de calidad, en bene fi cio de la ciudadanía; así como, para recoger los contenidos de la nueva Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 dado que ambos documentos coinciden en la necesidad de mejorar la calidad en la prestación de los bienes y servicios; Que, mediante el Decreto Supremo N° 103-2022- PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 (PNMGP), que de fi ne como situación futura deseada la siguiente: “Al 2030 contaremos con bienes, servicios y regulaciones de calidad que logren resultados de política pública, basados en evidencia y que atiendan las necesidades de las personas de manera oportuna y e fi ciente”; Que, en ese sentido, la PNMGP al 2030 plantea un modelo basado en la lógica de la cadena de valor público, el cual facilita la comprensión de las decisiones de política y estrategias de intervención que se adoptan desde el Estado para resolver un determinado problema público; el funcionamiento de las entidades públicas (en términos de su gestión interna), los productos que generan (en términos de los bienes, servicios y regulaciones) y los resultados que permitirán generar los cambios esperados en el bienestar de las personas y de la sociedad; Que, el literal b) del artículo 21 del citado Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública estipula que la Secretaría de Gestión Pública, como ente rector, tiene la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública a través de las cuales se aprueban; entre otros, normas técnicas que establecen procedimientos, protocolos, estándares u otros aspectos técnicos a implementar o cumplir por las entidades públicas; así como, disposiciones que complementan las normas sustantivas, vinculados con uno o más ámbitos del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública; Que, asimismo, el artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, estipula que la Secretaría de Gestión Pública es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional en materias MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Acuerdo Nº 035-2022-CM/MDSJL.- Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 046-2017-MDSJL/CM, mediante el cual se aprobó y autorizó la suscripción del “Convenio Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho y la empresa Línea Vertical S.A.C.” 93 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza Nº 544-MDSMP .- Ordenanza que regula y promociona la actividad de los trabajadores lustradores de calzado como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en la jurisdicción del distrito de San Martin de Porres 95MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC D.A. Nº 016-2022-MDP/A.- Declaran al Señor de los Milagros de Tambo Inga –Puente Manchay como Protector Divino del Valle de Pachacámac 102 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA R.A. Nº 717-2022-MDB/ALC.- Autorizan gasto por concepto de pasajes y viáticos que irrogue el viaje oficial de representante del Alcalde y de Regidor a Colombia, autorizado mediante Acuerdo de Concejo N° 059-2022- MDB 103