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21 NORMAS LEGALES Sábado 19 de noviembre de 2022 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera del Ministerio a favor de la Contraloría General, para que ejecute servicios de control concurrente en gastos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 330-2022-VIVIENDA Lima, 18 de noviembre de 2022VISTOS:El Memorándum N° 1376-2022-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 730-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resolución Ministerial N° 395-2021-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 031 890 339,00 (TRES MIL TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, conforme a la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y modi fi catoria, la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los Pliegos del Gobierno Nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, sea objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 1.2 y 1.3 del artículo 1 de la citada Ley N° 31358, el control concurrente tiene carácter vinculante y obligatorio, y para su desarrollo se debe contar con profesionales especializados y con experiencia en la obra o servicios a realizarse y en los temas vinculados a la naturaleza de la materia del control concurrente, que garanticen un efectiva y e fi caz labor del Sistema Nacional de Control; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autoriza a los Pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar Transferencias Financieras a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, y dispone que las referidas Transferencias Financieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, la cual se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el Comunicado N° 015-2022-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, señala, entre otros aspectos, que para efectos del fi nanciamiento del control concurrente, las modi fi caciones presupuestarias se realizan con cargo al presupuesto institucional de las entidades, teniendo en cuenta además, lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, mediante el O fi cio N° 000632-2022-CG/SGE, la Contraloría General de la República remite el costo estimado del control concurrente para el fi nanciamiento del despliegue de los servicios de control gubernamental en las inversiones durante su horizonte de ejecución hasta por el importe de S/ 165 158 505,23 (CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCO Y 23/100 SOLES), correspondiente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por lo que solicita de fi nir y efectuar la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para que ejecute los servicios de control concurrente a los gastos de inversión correspondiente al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de la Ley N° 31358 Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y modi fi catoria; Que, con Memorándum N° 1376-2022-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 497-2022-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual, en el marco de sus competencias, emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República y propone el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 31 575 231,05 (TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO Y 05/100 SOLES), con cargo al presupuesto del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, destinados a fi nanciar la ejecución de los servicios de control concurrente a los gastos de inversión correspondientes al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme se detalla en el Anexo “Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para el Financiamiento de Control Concurrente, en el marco de la Ley N° 31358”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Que, mediante el Informe N° 730-2022-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto por los numerales 4.1 y 4.2 de artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y modi fi catoria, resulta legalmente viable se expida la Resolución Ministerial que autorice la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 31 575 231,05 (TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO Y 05/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General; De conformidad con la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y modi fi catoria; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Resolución Ministerial N° 395-2021-VIVIENDA, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022; y, la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 31 575 231,05 (TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL