TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Lunes 28 de noviembre de 2022 El Peruano / de Limpieza Pública y Gestión Ambiental remite el Informe N° 122-2022-MSB-GM-GMAS-ULPGA/DTC de fecha 26 de octubre de 2022, a través del cual, el Supervisor Ambiental de la Unidad de Limpieza Pública y Gestión Ambiental señala que, se han cumplido con levantar las observaciones advertidas por la Unidad de Fiscalización y la Unidad de Tránsito; por lo que, en atención a ello, se remiten los actuados a la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, a fi n de continuar con el trámite de evaluación; Que, mediante Informe N° 198-2022-MSB-GM-OPE- UPR de fecha 11 de noviembre de 2022, la Unidad de Planeamiento y Racionalización concluye que, el proyecto del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el distrito de San Borja 2022, al ser un proyecto de Programa promovido por la Unidad de Limpieza Pública y Gestión Ambiental, y contar con la opinión técnica de la Unidad de Fiscalización y la Unidad de Tránsito, se evidencia que la propuesta corresponde con las funciones y competencias de dicha unidad orgánica; asimismo, se evidencia que lo establecido en el precitado proyecto respecto a los objetivos y acciones, se encuentran articulados directamente con un (1) Objetivo Estratégico Territorial (OET) y un (1) Objetivo Estratégico Institucional (OEI), y que se denominan de la siguiente manera: OET 05. Desarrollar y fortalecer una ciudad de bajas emisiones de CO2 y resiliencia ambiental, y OEI 04. Promover la gestión ambiental en el distrito; en atención a ello, con Memorándum N° 249-2022-MSB-GM-OPE de fecha 11 de noviembre de 2022, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica rati fi ca lo señalado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización y remite los actuados a la O fi cina de Asesoría Jurídica para que emita la opinión legal correspondiente; Que, mediante Informe N° 438-2022-MSB-GM-OAJ de fecha 15 de noviembre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y señala que, la aprobación del Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el distrito de San Borja 2022, encuentra asidero legal en las disposiciones señaladas precedentemente y resulta de suma importancia para el cumplimiento de las disposiciones legales relativas al cuidado del medio ambiente, como función de la Corporación Municipal, a través de acciones de supervisión, fi scalización y monitoreo de la contaminación sonora, que tienen origen principalmente en las actividades de comercio y transporte vehicular, denominadas como “fuentes móviles”, causando impacto en la salud de las personas y del medio ambiente; por lo que, en atención a ello, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía mediante el cual se apruebe el “Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el distrito de San Borja 2022”, conforme a lo establecido en el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que estipula que, “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, a través del Memorándum N° 0472-2022-MSB- GM de fecha 16 de noviembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo primero.- APROBAR el “Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el distrito de San Borja 2022”, cuyo Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano. Asimismo, publicar el Decreto de Alcaldía y Anexo en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Borja (www.munisanborja.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 2129391-1 ATENCIÓN COMERCIAL Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 www.elperuano.pe Suscríbete al Diario Oficial A 975 479 164 • Directo: (01) 433-4773 suscripciones@editoraperu.com.pePLAN IMPRESO + DIGITALObtén la informaciónoficial del Estado,acompañada desuplementosespecializados