NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (05/09/2022)
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3 NORMAS LEGALES Lunes 5 de setiembre de 2022 El Peruano / sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversi fi cación productiva; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE;Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619 disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en su Reglamento; COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS TUPA Y SUS RESPECTIV AS NORMAS APROBATORIAS EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN SU PORTAL WEB DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA De acuerdo con lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que las solicitudes de publicación de las normas que aprueban el TUPA o su modi fi cación, así como de sus Anexos (TUPA) en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Web, se efectuarán en modo virtual como sigue: 1. El funcionario con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe 2. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, solicitando la publicación de las normas que se indican. b) La norma aprobatoria del TUPA o su modi fi cación, debidamente refrendada, así como su respectivo archivo Word. c) El Anexo (TUPA), el cual se recibe exclusivamente en archivo electrónico, mas no en versión escaneada. El ofi cio y dispositivo legal deberán enviarse escaneados y fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, deberán consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 3. En el mencionado o fi cio se solicitará de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi fi cación, en el Diario O fi cial El Peruano. b) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi fi cación, así como su respectivo Anexo (TUPA), en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano. Esta publicación en la web es de carácter gratuita, tal como se dispone en el Art. 44.3 del TUO de la Ley N° 27444. 4. El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad que pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORA PERU para su publicación. 5. El archivo electrónico del TUPA (anexo) deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word. En el caso de Microsoft Excel, toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.c) El tipo de letra debe ser Arial.d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos.e) El interlineado sencillo.f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.g) El archivo no debe contener encabezado ni pie de página.h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior el organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El archivo electrónico de la norma aprobatoria del TUPA o su modi fi cación, deberá presentarse en formato Word, conteniendo en la parte correspondiente, la siguiente información: - Nombre de la institución. - Tipo y número de la norma.- Fecha de emisión.- Nombre y cargo de la autoridad que fi rma dicho documento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES