NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (09/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 176
TEXTO PAGINA: 169
169 NORMAS LEGALES Viernes 9 de setiembre de 2022 El Peruano / - Resolución Directoral Nº007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, y anexos. Artículo 6°.- De fi niciones 6.1. Presupuesto Participativo basado en Resultados El Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación de los recursos públicos mediante el cual se de fi nen los proyectos de inversión prioritarios con la participación de la sociedad civil organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. El Presupuesto Participativo basado en Resultados comprende la incorporación al proceso del Presupuesto Participativo de las corrientes renovadoras del presupuesto y la gestión por resultados, en el cual los recursos públicos se asignan, se ejecuta y evalúan en función a cambios especí fi cos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población. 6.2. Plan de Desarrollo Local ConcertadoEs el documento orientador del desarrollo local y del proceso de presupuesto participativo basado en resultados que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sobre su base se identi fi can, analizan y priorizan los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión durante la fase de concertación del Presupuesto Participativo. 6.3. Consejo de Coordinación Local DistritalEs un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital del Rímac. Está integrado por el alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar su función en el teniente alcalde, los regidores y los representantes de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, juntas vecinales y cualquiera otra forma de organización a nivel distrital. 6.4. Agentes ParticipantesSon quienes participan activamente en la discusión, defi nición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. Representan a las organizaciones de la sociedad civil, territoriales y/o temáticas, así como a organismos e instituciones públicas y privadas del distrito. 6.5. Equipo Técnico MunicipalTiene la responsabilidad de conducir el del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo y realizando el trabajo de evaluación técnica de proyectos. Lo integran los siguientes funcionarios de la Municipalidad Distrital del Rímac o quienes hagan sus veces: Gerente de Planeamiento y Presupuesto, el responsable de la O fi cina de Programación de Inversiones, el Gerente de Desarrollo Urbano, el Subgerente de Obras Públicas y el Gerente de Participación Vecinal. Es presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto. 6.6. Talleres de Trabajo Reuniones de Agentes Participantes convocadas por el Alcalde y conducidas por el Equipo Técnico con la fi nalidad de identi fi car desde una perspectiva temática y territorial los problemas del distrito, así como también la priorización de los proyectos de inversión.6.7. Comité de Vigilancia Ente encargado de vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo del año para el cual han sido elegidos, informar al Consejo Coordinación Local, al Concejo Municipal y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos. Es elegido anualmente por los agentes participantes en los talleres del presupuesto participativo. TÍTULO II ROL DE LOS ACTORES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE DEL RIMAC Artículo 7º.- El Alcaldea) Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. b) Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público. c) Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso. d) Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando expresamente la conexión al resultado prioritario que corresponda. e) Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo, sin perjuicio de que los recursos no incluidos se asignen por los resultados claramente especi fi cados. f) Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso. g) Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos. h) Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. i) Disponer que los funcionarios de la municipalidad faciliten la información que garantice la transparencia del proceso. Artículo 8º.- El Concejo Municipala) Aprobar las normas que se requieran para llevar a cabo el proceso, las mismas que son complementarias a las emitidas por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en su calidad de ente rector. b) Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. c) Aprobar la incorporación de los proyectos de inversión del Presupuesto Participativo en el presupuesto institucional de la Municipalidad Distrital del Rímac. d) Aprobar el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá a inversiones del Presupuesto Participativo e) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad Distrital del Rímac. f) Realizar seguimiento a la entrega de información para el desarrollo de las labores del Comité de Vigilancia. Artículo 9º.- El Consejo de Coordinación Local Distrital a) Participar y promover activamente el proceso. b) Responder a las convocatorias que realiza la autoridad local. c) Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional de la Municipalidad Distrital del Rímac. d) Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. Artículo 10º.- Los Agentes Participantesa) Participar activamente en la discusión, de fi nición, priorización y toma de decisiones respecto de los