NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (09/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 176
TEXTO PAGINA: 170
170 NORMAS LEGALES Viernes 9 de setiembre de 2022 El Peruano / resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. b) Asistir, con carácter obligatorio, a todos los talleres convocados para el desarrollo del Presupuesto Participativo. c) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. d) Otros que demande el proceso. Artículo 11º.- El Equipo Técnicoa) Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso. b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. c) Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos. d) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera. Artículo 12º.- La Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto a) Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo. b) Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el documento del proceso a la Dirección General de Presupuesto Público. c) Mantener actualizado el aplicativo informático del Presupuesto Participativo en las diversas fases del proceso. Artículo 13º.- La Gerencia de Participación Vecinal a) Coordinar con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el proceso de implementación del Presupuesto Participativo. b) Plani fi car, programar y coordinar la instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital. c) Coordinar con el Consejo de Coordinación Local Distrital la convocatoria a la Sociedad Civil organizada a participar en las diferentes fases del proceso del Presupuesto Participativo, utilizando los canales de comunicación más adecuados, para garantizar una correcta y e fi ciente comunicación con los agentes participantes. Artículo 14º.- Comité de Vigilanciaa) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo. b) Informar al Concejo Municipal y al Consejo de Coordinación Local Distrital en caso de incumplimiento de los acuerdos. TÍTULO III FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DEL RIMAC Artículo 15º.- Fases del proceso de Presupuesto Participativo El proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados comprende las siguientes fases: a) Preparación b) Concertaciónc) Coordinaciónd) Formalización Artículo 16°.- Fase de Preparación La Municipalidad Distrital del Rímac a través del Equipo Técnico Municipal y en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital realizará las siguientes acciones durante esta fase:16.1. Comunicación La Municipalidad Distrital del Rímac, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, informa a la población los avances y resultados del proceso e invita a las organizaciones sociales a participar del mismo, utilizando los diversos medios de comunicación, su portal electrónico y otros medios. 16.2. SensibilizaciónLa Municipalidad Distrital del Rímac, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, promueve la participación responsable de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo local y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen, así como la importancia del proceso. 16.3. Convocatoria La Municipalidad Distrital del Rímac, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, y el Consejo de Coordinación Local Distrital, convocan a la población organizada del distrito del Rímac a participar en el proceso del presupuesto participativo basado en resultados, esta convocatoria promoverá la integración al proceso de representantes de las distintas entidades del Estado y de la sociedad civil del distrito. La convocatoria debe indicar el cronograma de fechas para la realización del Presupuesto Participativo. Dicho cronograma debe considerar el cumplimiento del cuadro de plazos establecido por la Dirección General de Presupuesto Público para el proceso de programación y formulación de los presupuestos institucionales de los gobiernos locales. La convocatoria y cronograma del Presupuesto Participativo debe aprobarse anualmente mediante Decreto de Alcaldía. 16.4. DifusiónLas acciones de comunicación, sensibilización y convocatoria serán realizadas en el marco de las labores de difusión del proceso del Presupuesto Participativo, y pueden desarrollarse en simultáneo. 16.5. Identi fi cación y Registro de Agentes Participantes La Municipalidad Distrital del Rímac, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, establece las formas de registro de los agentes participantes, los que deben acreditar la representación que ejercen a nombre de una organización social. Los agentes participantes deberán presentar los siguientes requisitos para su inscripción y acreditación: - Copia de Resolución de reconocimiento vigente de la organización social a la que representan. - Copia del acta de asamblea de designación como agente participante. - Copia de DNI que acredite su residencia en el distrito. Cada organización social debidamente reconocida en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito del Rímac, podrá solicitar la inscripción y acreditación como agentes participantes del Presupuesto Participativo de dos (02) representantes de su organización, en calidad de titular y suplente. 16.6. Instalación del Equipo Técnico MunicipalDurante esta fase se instala el Equipo Técnico Municipal y realiza todas las acciones que faciliten y garanticen el desarrollo del proceso del presupuesto participativo. La instalación del Equipo Técnico se realiza para cada proceso de Presupuesto Participativo, deben estar conformado por los funcionarios que se señalan en el numeral 6.5 del presente reglamento, los cuales son designados anualmente mediante Resolución de Alcaldía.