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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (09/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 175

175 NORMAS LEGALES Viernes 9 de setiembre de 2022 El Peruano / la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, a fi n de contribuir con la calidad de vida en la mejora del medio ambiente, garantizando una efectiva cobertura y calidad del servicio de limpieza pública, así como su sostenibilidad a través de un manejo integral de los residuos sólidos, sobre la base de una plani fi cación participativa de conciencia ambiental y tributaria del distrito de San Juan de Mira fl ores; Que, el artículo 80° de la Ley Nº 27972, señala que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios, y el reaprovechamiento industrial de desperdicios; Que, en el artículo 1° de la Ley General de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 1278, se señala que, dicha norma establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la fi nalidad de propender hacia la maximización constante de la e fi ciencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios; Que en el artículo 2° de la norma antes mencionada se señala que, la gestión integral de los residuos sólidos en el país tiene como primera fi nalidad la prevención o minimización de la generación de residuos sólidos en origen, frente a cualquier otra alternativa. En segundo lugar, respecto de los residuos generados, se pre fi ere la recuperación y la valorización material y energética de los residuos, entre las cuales se cuenta la reutilización, reciclaje, compostaje, coprocesamiento, entre otras alternativas siempre que se garantice la protección de la salud y del medio ambiente; Que, el artículo 22° de la norma antes mencionada, señala que, las municipalidades provinciales, en lo que concierne a los distritos del Cercado, y las municipalidades distritales son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, especiales y similares, en el ámbito de su jurisdicción; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 053-2020-MDSJM de fecha 25 de febrero de 2020, se conforma el Equipo Técnico Municipal (en adelante ETM) de acuerdo a lo establecido en la Guía para la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos a fi n de conducir el proceso de diagnóstico, formulación, implementación, seguimiento y monitoreo del mencionado plan con las unidades orgánicas correspondientes de la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores. Que, mediante ACTA DE REUNIÓN N° 01 DEL ETM de fecha 04 de marzo de 2020, se elabora el Plan de Trabajo del mencionado plan y posterior a ello se realiza una reunión virtual con los representantes de la CAM elevando el Acta de Reunión de Sesión Extraordinaria de fecha 05 de marzo de 2020, para su evaluación y aprobación, asimismo desarrollando un taller participativo en donde se elaboró el árbol de problemas correspondiente para el proceso de plani fi cación para la formulación del plan de manejo. Que, mediante ACTA DE REUNIÓN N° 02 DEL ETM de fecha 12 de mayo de 2020, se designan las funciones a cada área involucrada para la recolección de información sobre la elaboración del Plan Manejo de Residuos Sólidos del distrito. Que, mediante el MEMORANDUM N° 077-2020- GGA/MDSJM, MEMORANDUM N° 095-2020-GGA/MDSJM y MEMORANDUM N° 096-2020-GGA/MDSJM respectivamente, la Gerencia de Gestión Ambiental solicita a la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas y la Subgerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores el llenado de información correspondiente del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el ámbito de su competencia. Que, mediante INFORME N° 073-2020-SGLPyGRRSS- GGA-MDSJM de fecha 26 de mayo de 2020, la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos de la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores remite a la Gerencia de Gestión Ambiental la información solicitada para el llenado del proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos de acuerdo a sus competencias, además de anexar observaciones y recomendaciones para la versión fi nal. Que, mediante EL INFORME N° 073-2020-GGA/ MDSJM y el INFORME N° 074-2020-GGA/MDSJM respectivamente, la Gerencia de Gestión Ambiental remite a las gerencias de Planeamiento y Presupuesto y Administración Tributaria, la solicitud de llenado de la información correspondiente en el ámbito de su competencia para culminar con la elaboración del plan siguiendo las recomendaciones de la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos. Posterior a ello, las unidades orgánicas antes mencionadas remitieron a la Gerencia de Gestión Ambiental el llenado de la información correspondiente vía correo institucional. Que, mediante OFICIO N° 075-2020-GGA/MDSJM de fecha 16 de octubre de 2020, la Gerencia de Gestión Ambiental remite el proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Mira fl ores a la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima a fi n de obtener la opinión fundamentada favorable de acuerdo a lo señalado en las consideraciones fi nales de la R.M Nº 100-2019-MINAM y literal e) del Artículo 23 del D.L Nº 1278. Que, mediante el OFICIO N° D000029-2021- MML-GSCGA-SGA de fecha 12 de enero de 2021, la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima remite a la Gerencia de Gestión Ambiental las observaciones realizadas al proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Mira fl ores, las cuales deben ser subsanadas para obtener la opinión fundamentada favorable. Que, mediante ACTA DE REUNIÓN N° 03 DEL ETM de fecha 14 de enero 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental designa como responsable del levantamiento de observaciones establecidas por la MML a la Subgerencia de Limpieza Pública y Gestión de RRSS de la Municipalidad distrital de San Juan de Mira fl ores en el ámbito de su competencia y posterior a ello se le remitió el MEMORÁNDUM N° 023-2021-GGA/MDSJM de fecha 18 de enero de 2021, para la formalización de la solicitud del levantamiento de información. Que, mediante INFORME N° 045-2021-SGLPyGRSS de fecha 12 de febrero de 2021, la Subgerencia de Limpieza pública y Gestión de Residuos Sólidos remite a la Gerencia de Gestión Ambiental la subsanación de las observaciones dadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima remitiendo el Proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Mira fl ores. Que, mediante OFICIO N° 009-2021-GGA/MDSJM de fecha 12 de febrero de 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental remite a la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima el proyecto del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Juan de Mira fl ores culminado con los anexos correspondientes para evaluación y aprobación. Que, mediante OFICIO N° 016-2021-GGA/MDSJM de fecha 04 de marzo de 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental al no obtener respuesta, solicita el estado situacional del Plan de Manejo a la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante OFICIO N° 021-2021-GGA/MDSJM de fecha 07 de abril de 2021, la Gerencia de Gestión Ambiental reitera la solicitud del estado situacional de la evaluación del Plan de Manejo para la consecución de su trámite, debido a que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental en 2 oportunidades, mediante el OFICIO N° 00666-2020-OEFA/DSIS y el OFICIO N° 00160-2021-OEFA/DSIS, mani fi esta que esta entidad no cuenta con el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos, es por ello que se les indica que si no se obtenía respuesta en un plazo no mayor a 15 días hábiles, se tomaría como aprobado el instrumento en mención ya que se requiere con suma urgencia. Que, mediante OFICIO N° D000590-2021-MML- GSCGA-SGA de fecha 12 de abril de 2021, la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana