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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 162

162 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / de Lambayeque y en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.), resulta procedente convocar a doña Luz Amalia Zamora Mejía, identi fi cada con DNI Nº 42638088, primera regidora del citado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque; así como a don Juan José Santisteban Chapoñan, identi fi cado con DNI Nº 76738022, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del citado concejo municipal. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia y departamento de Lambayeque, del 16 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 5. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don José Antonio Eneque Soraluz, alcalde de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Luz Amalia Zamora Mejía, identi fi cada con DNI Nº 42638088, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. CONVOCAR a don Juan José Santisteban Chapoñan, identi fi cado con DNI Nº 76738022, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021- JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 En <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 2108371-1Convocan a ciudadanas para que asuman, provisionalmente, cargos de alcaldesa y regidora del Concejo Distrital de Huanza, provincia de Huarochirí, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 3703-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022092116 HUANZA - HUAROCHIRÍ - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, cinco de setiembre de dos mil veintidós VISTO : el o fi cio Nº 092-2022-ALC-MDH-H, presentado el 2 de setiembre de 2022, por doña Donatila Cecilia Espinoza Rojas, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Huanza, provincia de Huarochirí, departamento de Lima (en adelante, señora alcaldesa), por medio del cual comunicó su licencia sin goce de haber, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, la señora alcaldesa informó sobre su solicitud de licencia sin goce de haber, a fi n de participar en las ERM 2022; adjuntando el Acuerdo de Concejo N.º 069-2022-CMH/H, del 15 de junio de 2022, mediante el cual el Concejo Distrital de Huanza le otorgó la referida licencia, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, por motivo de su participación en las ERM 2022; y solicitando que se otorgue la acreditación correspondiente a su reemplazo. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y que los regidores son reemplazados por los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 1 1.3. El Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2022 2 1.4. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los funcionarios presenten su solicitud de licencia sin goce de haber con el