NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 156
TEXTO PAGINA: 83
83 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las elecciones, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de San Miguel, y estando acorde a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resultaría procedente convocar a doña Laura Victoria Quino Peña fi el; no obstante, considerando que se encuentra como candidata, según la Plataforma del Jurado Nacional de Elecciones 5, se procede a convocar a don José Leonardo Chumbes Retamozo, identi fi cado con DNI Nº 70290230, candidato no proclamado de la organización política San Miguel Me Gusta, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Miguel. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, del 5 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 1, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Eduardo Javier Bless Cabrejas, regidor del Concejo Distrital de San Miguel, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don José Leonardo Chumbes Retamozo, identi fi cado con DNI Nº 70290230, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Miguel, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar 2109989-1Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Miguel, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 2727-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022036616 SAN MIGUEL - LIMA - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, doce de agosto de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 054-2022-SG/MDSM, presentado el 11 de julio de 2022, por doña Katherine Choy Lisung, secretaria general de la Municipalidad Distrital de San Miguel, provincia y departamento de Lima (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Eva Amelia Roca Rodríguez, regidora de la referida comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, presentado el 11 de julio de 2022, a las 11:08 horas, la señora secretaria informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora, con motivo de su participación como candidata en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 067-2022/MDSM, del 28 de junio de 2022, que formalizó la decisión de aprobar, por unanimidad, la citada licencia. 1.2. En la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones 1, en el detalle del Expediente de inscripción de listas Nº ERM.2022005586, requisitos del candidato, se visualiza la solicitud de licencia presentada por la señora regidora al Concejo Distrital de San Miguel, el 3 de junio de 2022, la cual generó la Correspondencia Nº 8553-2022. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 2 1.4. El Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la