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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / 1.7. El artículo 16 contempla lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el Ofi cio Nº 362-2022-MDY-ALC-SG, la señora secretaria comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que, el 1 de junio del presente año, la señora regidora solicitó licencia sin goce de haber, la que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidata a regidora a la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, en el marco de las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del concejo municipal tal como consta en el Acuerdo de Concejo Nº 026-2022-SOC-MDY, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Yarinacocha, está conforme con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), resulta procedente convocar a doña Karina Gama Navarro, identi fi cada con DNI Nº 41196727, candidata no proclamada de la organización política Integrando Ucayali, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del citado concejo distrital. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, del 10 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Mónica Giovanna Flores Saldaña, regidora del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Karina Gama Navarro, identi fi cada con DNI Nº 41196727, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2109972-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 2639-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022011019 MOYOBAMBA – SAN MARTÍNLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, nueve de agosto de dos mil veintidós VISTO: El O fi cio Nº 052-2022-MPM/SG, presentado el 3 de julio de 2022, por doña Valeria E. Monteza Beas, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín (en adelante, señora recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Victoria López Arbildo, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES 1.1. Con el o fi cio del visto, la señora recurrente informó de la licencia sin goce de haber presentada por la señora regidora, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 031-2022-MPM-CM, del 1 de junio de 2022, mediante el cual el Concejo Provincial de Moyobamba, por unanimidad, aprobó la licencia solicitada para su participación en las ERM 2022, desde el 4 de junio al 2 de octubre del mismo año. 1.2. Por O fi cio Nº 07704-2022-SG/JNE, del 20 de junio de 2022, la Secretaría General de este órgano electoral solicitó que la señora recurrente remita el acta de la sesión ordinaria en el que se trató la referida licencia, así como la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por la señora regidora el 20 de mayo del mismo año. 1.3. A través del O fi cio Nº 059-2022-MPM/SG, presentado el 6 de julio de 2022, la señora recurrente remitió el Acta Nº 03-2022 del 1 de junio de 2022 y la solicitud de licencia precitada.