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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / Movimiento Regional Obras por la Modernidad, que obtuvo el segundo lugar las Elecciones Regionales y Municipales 2018 (en adelante, ERM 2018), respetando la precedencia establecida en su lista. 2.6. En ese sentido, por lo expuesto, correspondería convocar a don Pedro Perci Franco Gallegos; no obstante, considerando que se encuentra como candidato, según la Plataforma del Elecciones 4, se procede a convocar a doña Magdalena Jacqueline Ormeño Bobadilla, identi fi cada con DNI Nº 43622416, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Obras por la Modernidad, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista. 2.7. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de San Juan Bautista, provincia y departamento de Ica, del 31 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las ERM 2018. 2.8. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Juan José Musto Lazarte, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, la provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Vanesa Victoria Chuecas Morán, identi fi cada con DNI Nº 41809405, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido del 2 de setiembre al 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Magdalena Jacqueline Ormeño Bobadilla, identi fi cada con DNI Nº 43622416, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021- JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar 2110002-1Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco RESOLUCIÓN Nº 2798-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022014815 JOSÉ CRESPO Y CASTILLO - LEONCIO PRADO - HUÁNUCOLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecisiete de agosto de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 257-2022-SG-MDJCC-A, presentado el 17 de junio de 2022, por doña Madelem S. Cloud Tapia, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco (en adelante, señora recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Alex Gallardo Huamán Simón, regidor del concejo distrital de la referida comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio citado en el visto, la señora recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 075-2022-MDJCC-A, del 10 de junio de 2022, que formalizó la decisión de aprobar por unanimidad la licencia sin goce de haber del señor regidor. 1.2. En la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones 1, en el detalle del Expediente Nº ERM.2022018124, se visualiza la solicitud de licencia presentada por el señor regidor a al Concejo Distrital de José Crespo y Castillo, el 6 de junio de 2022, con Registro Nº 4855. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1.4. Mediante este decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el