NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 216
TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES D.A. Nº 021-2022/MM.- Prorrogan beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 590/MM, “Ordenanza que establece el saneamiento y beneficio de las multas administrativas en el distrito de Miraflores” 208 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE D.A. Nº 012-2022-MPL.- Prorrogan plazo para acogerse a los beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 603-MPL 209 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA R.A. Nº 067-2022-MDPP .- Crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra 210 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza Nº 453-MDPH.- Modifican la Ordenanza Nº 361-MDPH, que aprueba el Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, Motoriz ados o No Motorizados del distrito de Punta Hermosa 210 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC D.A. Nº 002-2022-MDR.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº602-MDR, que otorga beneficios tributarios y no tributarios por deuda del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, multas tributarias y multas administrativas 212MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA D.A. Nº 22-2022-MSB-A.- Prorrogan plazo para acogerse a Ordenanza que establece Beneficios Tributarios Extraordinarios en el distrito de San Borja 212 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 422-MDSJL.- Aprueban el Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Juan de Lurigancho para el año fiscal 2023 213 D.A. Nº 010-2022-A/MDSJL.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, que establece “Beneficio Tributario y no Tributario en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho” 214 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR D.A. Nº 015-2022-ALC/MVES.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 465-MVES, “Ordenanza Arriba Villa que otorga beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Villa El Salvador” 214 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES D.A. Nº 009-2022-MDM.- Aprueban modificación del Cronograma establecido en el artículo 20º del Reglamento de Calificación de Comerciantes para el Mercado Zonal, en la etapa de “Sorteo”, aprobado por el D.A. N° 005-2022- MDM 215 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan funcionario responsable del Software Público de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA RDE N° 00145-2022-ARCC/DE Lima, 29 de setiembre de 2022VISTOS: El Memorando N° 00555-2022-ARCC/GG/OTI de la Ofi cina de Tecnologías de la Información, y el Informe N° 00841-2022-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal; con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica; Que, la Ley N° 28612, Ley que norma el uso, adquisición y adecuación del software en la administración pública y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2006-PCM, establecen las medidas que permitan a la administración pública la contratación de licencias de software y servicios informáticos en condiciones de neutralidad, vigencia tecnológica, libre concurrencia y trato justo e igualitario de proveedores; Que, el Decreto Supremo N° 051-2018-PCM crea el Portal de Software Público Peruano (PSPP) como plataforma o fi cial que facilita el acceso al Software Publico Peruano, administrado por la Secretaria de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (SEGDI-PCM), y que las entidades de la Administración Pública están en condiciones de compartir bajo licencias libres o abiertas que permitan: i) usarlo o ejecutarlo, ii) copiarlo o reproducirlo, iii) acceder al código fuente, código objeto, documentación técnica y manuales de uso, iv) modi fi carlo o transformarlo en forma colaborativa, y v) distribuirlo, en bene fi cio del Estado Peruano; Que, el artículo 4 del referido Decreto Supremo establece que el Software Público Peruano es aquel software o programa de ordenador de titularidad de una entidad de la Administración Pública cuyo desarrollo es contratado o efectuado directamente por el personal para soportar sus procesos o servicios, es fi nanciado con fondos públicos y puede ser puesto a disposición para ser usado, copiado, modi fi cado y distribuido bajo licencia libre o abierta; Que, el articulo 7 de la citada norma establece que, el Titular de la entidad debe designar al responsable del área de Informática o Tecnologías de la Información o quien haga sus veces como Funcionario Responsable del Software Público de la entidad. Agrega que, en base a los lineamientos sobre Software Público Peruano que emita la SEGDI-PCM, el Funcionario Responsable del Software Público designado, debe identi fi car el Software Público Peruano de su entidad, asegurando el cumplimiento de los requisitos técnicos, legales, la titularidad de los derechos del mismo, así como el correcto uso de las licencias correspondientes;