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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Jennifer Lizetti Contreras Álvarez, como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Jhon Wilian Malca Saavedra, como representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, hasta completar el período restante del total de cuatro (04) años calendario, que vence el 19 de febrero de 2024. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JENNY PATRICIA OCAMPO ESCALANTE Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2111075-7 Designan Director de la Estación Experimental Agraria Chumbibamba del INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0148-2022-INIA Lima, 29 de setiembre de 2022 VISTO: El Informe N° 259-2022-MIDAGRI-INIA-GG/ OA/URH de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, y; CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Chumbibamba del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), siendo necesario designar al profesional que se desempeñará en dicho cargo; Que, mediante Informe N° 259-2022-MIDAGRI- INIA-GG/OA/URH de fecha 28 de setiembre de 2022, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, en el marco de sus competencias, remite la evaluación de la propuesta de designación al cargo de confi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Chumbibamba, señalando la viabilidad del profesional propuesto para dicho cargo, el señor DARWIN HUAMAN LIZANA, puesto que cumple con los requisitos previstos en el clasi fi cador de cargos del INIA y en el Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Con los vistos de la Gerencia General; la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones y facultades consideradas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; y la Resolución Suprema N° 004-2022-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR, a partir del 30 de setiembre de 2022, al señor DARWIN HUAMAN LIZANA, en el cargo de Director de la Estación Experimental Agraria Chumbibamba del Instituto Nacional de Innovación Agraria, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2110898-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban préstamo contingente con la Corporación Andina de Fomento - CAF DECRETO SUPREMO Nº 225-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 13.1 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Financiamiento Contingente es la facilidad fi nanciera que permite, ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural o tecnológico, situación de emergencia o crisis económica y/o fi nanciera en el país, obtener fi nanciamiento, bajo la modalidad de líneas de créditos, bonos, operaciones de endeudamiento u operaciones de similar naturaleza, así como otros instrumentos existentes o que el mercado desarrolle para dicho fi n; Que, el numeral 47.1 del artículo 47 del citado Decreto Legislativo N° 1437 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a negociar y celebrar Financiamientos Contingentes; Que, en el marco de la citada autorización, el Ministerio de Economía y Finanzas, en representación de la República del Perú, acordará con la Corporación Andina de Fomento - CAF, un préstamo contingente denominado “Préstamo Sectorial Contingente, de libre disponibilidad, para el apoyo y el fortalecimiento sectorial de los sistemas sanitarios en el marco de la pandemia en Perú”, hasta por la suma de US$ 120 000 000,00 (CIENTO VEINTE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, el referido préstamo contingente con la CAF contempla realizar las denominadas Operaciones de Manejo de Deuda, las cuales facultan a la República del Perú a solicitar: i) la “Conversión de Moneda” para efectuar el cambio de la moneda de pago de Dólares Americanos a Soles de la porción del préstamo que considera la Operación de Manejo de Deuda, con la correspondiente modi fi cación de las condiciones fi nancieras de la operación y/o ii) la “Conversión de Tasa de Interés” que permite el cambio de la tasa de interés de una tasa variable a una tasa fi ja o viceversa aplicable a la porción del préstamo que considera la Operación de