NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 216
TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / Designan Jefe (a) de la Oficina de Comunicaciones de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2022-EF/43 Lima, 29 de setiembre del 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Jefe (a) de la O fi cina de Comunicaciones de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único. Designar a la señora Ethel Margarita Flores Albino en el puesto de Jefe (a) de la O fi cina de Comunicaciones de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas 2111038-1 EDUCACION Designan Viceministro de Gestión Institucional RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2022-MINEDU Lima, 29 de setiembre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el referido cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JESUS CARLOS MEDINA SIGUAS en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2111075-8Aprueban Norma Técnica denominada “Disposiciones para la evaluación formativa de los aprendizajes de estudiantes de Formación Inicial Docente de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 123-2022-MINEDU Lima, 29 de septiembre de 2022VISTOS, el Expediente Nº DIFOID2022-INT-0149610, los Informes N° 00832-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y N° 00916-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N° 01454-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto y el Informe N° 01139-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; Que, conforme con lo dispuesto por el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 30512, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, la evaluación es un proceso integral permanente y sistemático que permite identi fi car el nivel de aprendizaje del estudiante en relación a las competencias que debe lograr. La evaluación está basada en criterios e indicadores que valoran el dominio de competencias propias del quehacer profesional y tiene una fi nalidad formativa; Que, de acuerdo con el numeral 19.4 del precitado artículo 19, la evaluación en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica se basa en criterios que valoran el nivel de desarrollo de las competencias profesionales docentes. Para la evaluación se contempla un sistema de cali fi cación del aprendizaje mediante una escala que re fl eja el nivel de desarrollo de la competencia. El sistema responde al enfoque y los criterios planteados en los lineamientos académicos generales, los diseños curriculares básicos nacionales y las normas que emita el Ministerio de Educación. El sistema de evaluación se aplica a las modalidades del servicio educativo presencial, semipresencial y a distancia; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 183-2020-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para la evaluación formativa de los aprendizajes de estudiantes de Formación Inicial Docente de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica”; Que, a través del O fi cio N° 01112-2022-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión